Exgobernador de San Andrés a juicio por presunta corrupción en contratos

Ronald Housni Jaller habría incurrido en un conflicto de intereses y debió declararse impedido para la firma de ese contrato.
Procuraduría General de la Nación
Crédito: Colprensa

La Procuraduría General de la Nación formulo pliego de cargos y llamó a juicio disciplinario al exgobernador de San Andrés, Ronald Housni Jaller, por presunta corrupción en la adjudicación de contratos en ese departamento.

Esa entidad le reprocha al exfuncionario haber adjudicado y celebrado un contrato para el servicio de vigilancia en el 2016 para la administración departamental con la empresa ‘Su Oportuno Servicio Ltda’, cuyos socios también ejercían como miembros de la junta directiva de la Sociedad Productora de Energía de San Andrés y Providencia (SOPESA. S.A. E.S.P.), en la que el exgobernador trabajó durante 16 años.

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“Lo anterior, por cuanto, se pudo establecer que el investigado, habría laborado desde 1998, hasta el año 2014, en la Sociedad Productora de Energía de San Andrés y Providencia S. A. ESP. SOPESA S.A. E.S.P., en los cargos de representante legal, y gerente general. Evidenciándose que en la sociedad SOPESA S.A. E.S.P., los señores José Villalba Beltrán y Harlyn Villalba Redondo, son miembros de la junta directiva, y el primero de ellos socio de la misma. Por otro lado, estos mismos señores, para la época de los hechos, eran socios de la empresa Su Oportuno Servicio Ltda, la cual resulto favorecida en la licitación No. 006 de 2016”, se lee en uno de los apartes del documento.

De acuerdo con las denuncias que llegaron a la Procuraduría, ese contrato se adelantó con un presupuesto de mas de 1.900 millones de pesos.

Esa entidad indicó que el exgobernador Ronald Housni habría incurrido en un conflicto de intereses y que debió declararse impedido para la firma de ese contrato.

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“El exmandatario departamental habría transgredido el artículo 40 de la Ley 734 de 2002, que hace referencia a que “todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión", o lo tuviere su conyugue o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o socios de hecho o de derecho”, explicó la Procuraduría.

Esa entidad calificó su conducta como “falta grave cometida a titulo de dolo, toda vez que Housni Jaller no habría declarado su conflicto de intereses”.

Asimismo, la Procuraduría informó que el expediente se envió a la Procuraduría Delegada para el Juzgamiento Disciplinario (reparto), “ante la cual el sujeto procesal podrá presentar descargos, versión libre, aportar y solicitar pruebas si así lo desea”.


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