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Colectivo de mujeres denuncia obstáculos para interrupción voluntaria del embarazo

La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres ha logrado acompañar legalmente 1.250 casos.

Actualizado:
Jueves, Octubre 24, 2019 - 18:59
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El colectivo de mujeres que integran la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres (MVSM) afirmó que el proyecto de Resolución del Ministerio de Salud y Protección Social, en el que por orden de la Corte Constitucional se regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), responde a la normatividad vigente para garantizar este derecho a las mujeres, niñas y jóvenes en Colombia.

“Debido a las distintas barreras que siguen enfrentando mujeres, niñas y adolescentes para acceder a servicios de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), derecho fundamental reconocido en la sentencia C-355 de 2006, la Corte Constitucional, a través de la sentencia de unificación SU-096 de 2018, ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social expedir una resolución para acatar las normas contenidas en estas sentencias y desarrollar las reglas extraídas de la jurisprudencia constitucional que se ha desarrollado desde 2006 en materia de IVE”. 

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La entidad confirmó que ha logrado acompañar legalmente 1.250 casos de mujeres de distintas regiones del país que solicitan servicios de aborto legal.

“Como parte de este acompañamiento, entre 2016 y 2018 La Mesa acompañó 90 mujeres, 53 de las cuales enfrentaron barreras impuestas por su EPS, las cuales desconocieron lo señalado por la Corte Constitucional con relación a la IVE como un servicio de salud parte del Plan Obligatorio de Beneficios”, subrayó. 

Según la experiencia de la MVSM, entre las principales barreras que enfrentan las mujeres para acceder a la IVE se encuentra el desconocimiento del marco regulatorio, el uso inconstitucional de la objeción de conciencia, el no reconocimiento de las afectaciones que un embarazo no deseado tiene para la salud integral de las mujeres, la solicitud de requisitos adicionales que dilatan el procedimiento y los malos tratos. 

“El proyecto de Resolución publicado por el Ministerio de Salud, instancia técnica que dirige el sistema de salud y que dicta las políticas públicas para atender las necesidades de la ciudadanía, busca garantizar que las mujeres ejerzan su derecho y accedan a servicios de IVE a través del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSS) y que se superen las barreras de acceso que se han presentado tras 13 años de vigencia de la sentencia C-355". 

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Agregó que dentro de los estándares y deberes que el SGSS debe garantizar se encuentran:  

El deber de suministrar información oportuna, suficiente y adecuada en materia reproductiva.  

El deber de disponibilidad de los medios necesarios para la materialización de la IVE en todo el territorio nacional, en todos los niveles de complejidad y en cualquier etapa del embarazo.  

El derecho a la intimidad en materia reproductiva y el deber de confidencialidad de los profesionales de la salud. 

El derecho de las mujeres a decidir libre de apremios sobre la IVE, en las causales previstas en la sentencia C-355 de 2006. 

En el término de los cinco (5) días dar atención de la solicitud de IVE.  

Que las mujeres puedan acceder a la IVE de acuerdo con su decisión a lo largo del desarrollo gestacional.  

El colectivo de mujeres indicó que “en relación a la objeción de conciencia este derecho aplica para quien realiza directamente la intervención médica, quedando excluido el personal que realiza actividades médicas preparatorias o posteriores a la intervención y procede sí y solo sí se garantiza la prestación de este servicio en condiciones de calidad y de seguridad, sin imponer barreras ni cargas desproporcionadas a las mujeres”.  

Ana María Mendez asesora jurídica y de incidencia del colectivo de mujeres, ratificó que la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho de las mujeres pese a las barreras que se siguen presentando en el sistema de salud. 

“Las mujeres que buscan acceder a este derecho siguen enfrentando trabas por parte del sistema que dilata en el tiempo la prestación del servicio que hace difícil que en la práctica muchas mujeres pueda hacer efectivo este derecho”, manifestó.

Fuente:
Sistema Integrado de Información