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Soacha prohíbe consumo y porte de drogas en ciertos espacios públicos

El alcalde Julián Sánchez resaltó que esta será una de las medidas más importantes durante este primer mes de Gobierno.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Enero 3, 2024 - 17:39
Consumo de marihuana recreativo en Colombia
Consumo de marihuana recreativo en Colombia
iStock

El alcalde de Soacha (Cundinamarca), Julián Sánchez, firmó el decreto que prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas alrededor de parques y colegios del municipio, con el fin de contrarrestar el microtráfico de drogas que se vive en la zona de las instituciones educativas y sus alrededores. 

Según el mandatario local, esto servirá para combatir delitos menores que se viven en el municipio, ya que han crecido a gran medida durante los últimos años, en especial la problemática social de algunos menores que busquen un mejor camino por fuera de su hogar y vayan a las calles, siendo arrastrados por bandas ilegales.

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“Como prometí en campaña, ante ustedes (...) firmaré el decreto para prohibir el consumo de cualquier tipo de droga en los alrededores de jardines infantiles, parques y colegios en nuestra ciudad. No vamos a tener más padres intranquilos cuando sus hijos e hijas salgan a nuestras calles”, destacó el alcalde Sánchez.

Asimismo, señaló que se enfocará en tres proyectos de acuerdo: entre ellos, uno que tiene el objetivo de eliminar el impuesto a la telefonía celular en Soacha, adoptado a través del Acuerdo 30 de 2020, y otro que busca establecer medidas que permitan normalizar la situación tributaria de los contribuyentes del impuesto predial.

“Mediante alivios y descuentos que contribuyan con la equidad, la igualdad y la justicia tributaria en la ciudad", señaló.

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"Un tercer proyecto de acuerdo busca crear el banco de ayudas técnicas para la población con algún tipo de discapacidad”, precisó Sánchez.

El mandatario concluyó que “quien incurra en una o más de las conductas de porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis mínima, en los espacios públicos señalados en el artículo anterior, será objeto de la aplicación de las medidas correctivas que se leen en los párrafos”. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información