El Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó la suspensión inmediata de la intervención forzosa sobre Coosalud EPS, al encontrar graves inconsistencias en su ejecución y un deterioro progresivo en la prestación del servicio de salud.
La decisión, adoptada mediante el Auto Interlocutorio No. 072, responde a una acción popular que busca proteger el derecho colectivo a la moralidad administrativa y evitar un perjuicio irremediable para los usuarios del sistema.
Intervención habría agravado la crisis
El fallo judicial concluye que, lejos de mejorar la situación de la EPS, la intervención ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud en noviembre de 2024 y prorrogada en 2025, habría profundizado los problemas administrativos, financieros y asistenciales de la entidad.
“En conclusión, alega la parte actora que la intervención no cumplió su finalidad legal ni constitucional; agravó los indicadores asistenciales, financieros y administrativos; se adoptó y prorrogó sin valorar las causas estructurales del sistema de salud (insuficiencia de la UPC y pagos tardíos de Presupuestos Máximos); desconoció órdenes expresas de la Corte Constitucional (Sentencia T-760 de 2008 y autos de seguimiento); configura un perjuicio irremediable que justifica acudir a la acción popular sin requerimiento previo”, dice.
Los análisis del tribunal dictaminaron que esta intervención no presenta mejoras en la atención.
“De lo anterior, evidencia el Despacho que, si bien el propósito de la toma de posesión para administrar COOSALUD estuvo orientado a corregir situaciones económicas y administrativas, principalmente, las condiciones objetivas que amenazaban su estabilidad, continuidad y permanencia, con el fin de situar a la intervenida en condiciones de desarrollar su objeto social. El plan de acción no ha mostrado resultados satisfactorios, al punto de no contener una mejoría en la gestión de la administración; no se observa el cumplimiento de las acciones de mejora que dieron lugar a la intervención, lo que incluso hubiese justificado su continuidad”, sostuvo.
Entre los hallazgos más preocupantes, el Tribunal destaca:
- Un aumento del 32% en las peticiones, quejas y reclamos (PQR), que pasaron de 81.072 en 2024 a 107.252 en 2025.
- Más de 20.000 acciones de tutela por fallas en la prestación del servicio.
- Deterioro financiero significativo, con patrimonio negativo y caída en la liquidez.
- Incremento en la siniestralidad y en las deudas de la entidad.
Además, se evidenció una alta inestabilidad administrativa, con la designación de cinco interventores en menos de un año, lo que afectó la continuidad en la gestión.
Informe de la Procuraduría
El Tribunal destacó además un informe de la Procuraduría donde muestra las deficiencias que ha tenido la EPS en el tiempo de la intervención.
“En la providencia en mención, se hizo alusión al informe presentado por la Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social y documentos anexos, así como a los actos administrativos que ordenaron la toma de posesión e intervención forzosa administrativa de la EPS y su correspondiente prórroga; en el cual se identificó que, conposterioridad a la fecha de intervención, aspectos administrativos y económicos de COOSALUD EPS S.A. no habrían presentado ninguna mejora, y relacionó los siguientes hechos:
- A 31 de diciembre de 2025 llegaron a 107.252 las peticiones, quejas y reclamos, lo que significa un aumento de 32% en relación con las 81.072 PQR del año de la intervención (2024).
- Incremento del 21% en el número de acciones de tutela por asuntos relacionados con la prestación del servicio de salud, pasando de 16.771 en la vigencia 2024 (año de la intervención) a 20.216 al cierre de la vigencia 2025.
- El indicador de siniestralidad, en los estados financieros de noviembre de 2025, evidenciaron un crecimiento de 11 puntos porcentuales respecto a la cifra reportada al cierre de la vigencia 2024 cuando la Superintendencia Nacional de Salud asumió la intervención de Coosalud EPS, pasando 115% en el 2024 a 126% a noviembre de 2025.
- La EPS presentó un deterioro financiero progresivo y profundo, reflejado en la caída de la liquidez, pasando de 1.53 en el 2023 a 0.70 en el cierre del 2024.
Orden de devolver la administración
Como medida cautelar de urgencia, el Tribunal ordenó:
- Suspender los efectos de las resoluciones que ordenaron y prorrogaron la intervención.
- Restituir la administración de la EPS a sus directivos anteriores.
- Establecer vigilancia especial por parte de la Contraloría y la Procuraduría para que se dé cumplimento a las órdenes.
- La decisión se mantendrá mientras se resuelve de fondo la acción popular.
Riesgo para el derecho a la salud
El magistrado ponente Luis Miguel Villalobos advirtió que mantener la intervención en las condiciones actuales podría generar un daño irreparable para los afiliados, al afectar la continuidad, oportunidad y calidad del servicio.
“El incremento de quejas, tutelas y el deterioro financiero evidencian que la medida no cumplió su propósito y, por el contrario, se convirtió en un factor de riesgo para la prestación del servicio”, señala la providencia.
La intervención fue realizada por el entonces superintendente nacional de salud Giovanni Rubiano, quien salió de su cargo para darle paso a Bernando Camacho que renunció a esta posición y fue nombrado en las últimas horas el exalcalde de Medellín Daniel Quintero.