Nueva jornada laboral de 42 horas: este es el máximo de horas con extras que podrán trabajar por semana desde ahora

En entrevista con La FM, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, respondió las principales inquietudes sobre cómo debe aplicarse la medida.

A partir de este 15 de julio de 2026 comenzó a regir la reducción de la jornada laboral semanal de 44 a 42 horas en Colombia, como parte de la aplicación que se ha hecho de manera progresiva de la Ley 2101 de 2021 y de las disposiciones de la reforma laboral de 2025. En entrevista con La FM, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, respondió las principales inquietudes sobre cómo debe aplicarse la medida, quién define la distribución del tiempo de trabajo, el límite de las horas extras, los recargos y las obligaciones de las empresas.

¿Cómo queda la jornada laboral desde el 15 de julio de 2026?

El ministro explicó que desde este 15 de julio la jornada ordinaria de trabajo pasó oficialmente a 42 horas semanales.

Recordó que la reducción se hizo de manera progresiva, tal como lo estableció la Ley 2101 de 2021.

"Empezamos esa reducción desde el año 2023. Primero fue a 46 horas, después a 44 y ahora, a partir de hoy, será una jornada laboral semanal de 42 horas", señaló.

Dijo además, que esta reducción hace parte de una tendencia internacional orientada a que la productividad no dependa de jornadas más extensas.

¿La reducción de la jornada debe acordarse entre empleador y trabajador?

Una de las principales dudas es si las dos horas que se reducen de la jornada deben ser acordadas entre ambas partes o si pueden ser definidas únicamente por la empresa.

El ministro indicó que ambas opciones son posibles.

"Pueden ser por las dos vías, o por decisión unilateral de la empresa, pero preferiblemente debería ser por acuerdo o por concertación", afirmó.

Explicó que cuando existen convenciones colectivas o acuerdos sindicales, lo común es que la distribución de la jornada sea producto de una concertación entre empleadores y trabajadores.

¿Existe un límite para trabajar horas extras?

El ministro confirmó que la legislación mantiene un límite para el trabajo suplementario.

"Hasta 12 horas semanales puede un trabajador laborar en horas extras", explicó.

Precisó que ese es el máximo permitido por la ley.

¿Cuántas horas puede trabajar como máximo un empleado durante una semana?

Sanguino indicó que el límite resulta de sumar la jornada ordinaria y las horas extras autorizadas.

"Una persona podría trabajar 42 horas ordinarias y hasta 12 horas extras, lo que equivale a un tope máximo de 54 horas semanales", concluyó.

¿La empresa puede decidir sola cómo distribuir las 42 horas?

Sanguino explicó que la empresa puede establecer cómo se distribuirá la jornada, aunque insistió en que la mejor alternativa es llegar a un acuerdo con los trabajadores.

"Lo mejor es que estas modificaciones a la jornada se hagan de manera concertada", manifestó.

Según indicó, una vez se realicen los ajustes, las empresas deberán modificar su reglamento interno de trabajo.

¿Qué deben hacer las empresas para cumplir con la nueva jornada laboral?

El ministro dijo que las compañías deben actualizar el reglamento interno para distribuir las 42 horas semanales.

Ese documento, agregó, deberá ser radicado ante el Ministerio del Trabajo para su revisión.

"Ese reglamento interno de trabajo modificado debe ser radicado ante el Ministerio del Trabajo para efectos de la respectiva revisión", explicó.

Indicó que ese procedimiento también permitirá que el reglamento quede depositado ante la autoridad laboral en caso de futuras reclamaciones por parte de los trabajadores.

¿Cómo se distribuirán las 42 horas de trabajo?

El jefe de la cartera laboral precisó que la ley no establece una forma de repartir las horas de trabajo.

Lo importante, explicó, es que la distribución no supere el nuevo límite semanal.

"Lo cierto es que ese reglamento interno debe acordar cómo se reparte esta jornada y cómo se distribuye, de tal suerte que no se supere este tope de 42 horas semanales", afirmó.

¿Qué pasa con el trabajo de los sábados?

El ministro aclaró que el sábado sigue formando parte de la jornada ordinaria de trabajo.

"La jornada laboral de 42 horas se distribuye en la jornada ordinaria que va de lunes a sábado. El sábado no es objeto de recargo", explicó.

Precisó que los recargos establecidos por la legislación corresponden al trabajo realizado los domingos y los días festivos.

¿Desde qué hora comienza la jornada nocturna?

Sanguino recordó que otra de las modificaciones en la reforma laboral es el cambio en el horario de la jornada diurna.

Explicó que actualmente la jornada ordinaria diurna va desde las seis de la mañana hasta las siete de la noche.

"La jornada nocturna arranca a partir de las 7 de la noche", indicó.

Con ello, señaló, el horario nocturno dejó de comenzar a las nueve de la noche como ocurría antes de la entrada en vigencia de la reforma.

¿Cómo quedan los recargos por trabajo nocturno?

El ministro explicó que el trabajo en horario nocturno genera un recargo sobre el valor de la hora ordinaria

"Hay un recargo nocturno del 35 % de la hora trabajada respecto a lo que vale la hora en jornada ordinaria", precisó.

Y dijo que cuando una hora nocturna equivale además a una hora extra, el porcentaje cambia.

"Cuando esa hora nocturna es hora extra, el recargo es del 75 %", afirmó.

¿Cómo se pagan los domingos y los festivos?

El funcionario afirmó que desde julio también comenzó a aplicarse un nuevo porcentaje para el trabajo dominical y festivo.

Indicó que el recargo pasó al 90 %.

"El recargo ahora es del 90 % por trabajo dominical o festivo", señaló.

¿Hay actividades donde el domingo puede ser un día ordinario de trabajo?

El político explicó que existen actividades económicas donde el domingo puede ser considerado un día ordinario, siempre que exista un acuerdo entre empleador y trabajador.

Mencionó como ejemplo los restaurantes y algunos establecimientos comerciales.

"Hay empresas y actividades laborales en las que el domingo es considerado día ordinario si así lo acuerdan trabajadores y empleadores", indicó.

En esos casos, explicó, el descanso debe darse en otro día de la semana.

¿Qué ocurre si el día de descanso se trabaja?

Sanguino dijo que cuando el trabajador presta sus servicios durante el día que fue acordado como descanso compensatorio, ese tiempo también genera el recargo correspondiente.

"Si ese otro día de la semana se labora, entonces se paga como un dominical con su respectivo recargo", afirmó.

¿Cómo verificará el Ministerio del Trabajo que las empresas cumplan la reducción de la jornada laboral?

El ministro explicó que la entidad cuenta con funciones de inspección, vigilancia y control para verificar que las empresas apliquen correctamente las normas laborales.

Indicó que esas actuaciones pueden iniciarse por decisión de los inspectores o como resultado de las solicitudes presentadas por los trabajadores.

"Tenemos unas competencias de inspección, vigilancia y control como ministerio", señaló.

Agregó que las verificaciones pueden adelantarse de manera ordinaria por parte de las direcciones territoriales del Ministerio o tras la radicación de quejas.

"También lo hacemos por solicitud de los trabajadores y de sus organizaciones mediante la radicación de querellas", explicó.

¿Qué sanciones enfrenta una empresa que no aplique la reducción de la jornada laboral?

El jefe de la cartera laboral indicó que el incumplimiento de la ley puede generar diferentes consecuencias administrativas y judiciales.

Entre ellas mencionó la imposición de multas por parte del Ministerio del Trabajo.

"El Ministerio puede imponer multas que pueden ir hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con la gravedad de la infracción", afirmó.

Precisó que el monto dependerá de la naturaleza de cada caso.

¿Qué pasa si un trabajador hace horas extras y no recibe el pago correspondiente?

El ministro dijo que estos casos se puede acudir a los jueces laborales.

Explicó que, si un trabajador es obligado a laborar horas extras sin remuneración, la justicia puede intervenir con diferentes decisiones.

"Un juez lo puede calificar como un autodespido", indicó.

Y dijo que se podría dar lugar al pago de una indemnización por parte del empleador.

¿Las empresas también podrían pagar retroactivos?

Sí. Durante la entrevista, Sanguino indicó que otra de las consecuencias judiciales consiste en el reconocimiento de valores que no fueron liquidados correctamente.

"Un juez podría obligar a que una empresa pague retroactivos en horas extras y en recargos mal liquidados", explicó.

¿Puede cerrarse una empresa por incumplir estas normas laborales?

El ministro aseguró que esa posibilidad existe cuando se prueba que se está violando la ley laboral.

"La sanción más grave puede ser un cierre parcial de una empresa si se comprueban violaciones a estas normas", manifestó.

Precisó que esa decisión dependerá de los resultados de las investigaciones correspondientes.

¿La reducción de la jornada también aplica para empleados de manejo y confianza?

El ministro afirmó que las reglas de la jornada laboral deben respetarse.

"La jornada laboral es hasta 42 horas, la jornada extras es hasta 12 horas semanales y la jornada laboral diurna debe ocurrir entre las 6 de la mañana y las 7 de la noche", respondió.

Dijo que cualquier trabajador que considere vulnerados esos derechos puede acudir a las autoridades laborales.

¿Qué puede hacer un trabajador si considera que no le están respetando la nueva jornada laboral?

Sanguino explicó que el trabajador puede presentar la situación ante el Ministerio del Trabajo.

"El trabajador que sienta que eso no se está cumpliendo o se está violando puede acudir al Ministerio del Trabajo para que el Ministerio actúe con las competencias que la ley le establece", afirmó.

¿Las horas extras serán más costosas desde el 15 de julio?

El ministro confirmó que la reducción de la jornada laboral modifica el valor de la hora ordinaria y, en consecuencia, también el de las horas extras.

"Sí señor", respondió al ser consultado sobre el tema.

Posteriormente explicó la razón.

"Al disminuir la jornada laboral, la hora laboral ordinaria se liquida con el incremento que se deriva de esta reducción. Luego entonces la hora extra automáticamente también recibe ese ajuste", indicó.

¿La reforma laboral permite contratar trabajadores por horas?

Sanguino recordó que ese tema fue discutido durante el trámite de la reforma laboral.

Según explicó, finalmente la legislación no autorizó la contratación por horas.

"Esa discusión fue saldada en favor de no permitir el trabajo por horas en Colombia", afirmó.

Indicó que la reforma sí contempla otro mecanismo.

"Lo que estableció la reforma laboral fue una cotización parcial, por tiempo parcial, no por horas", explicó.

¿Por qué no se permitió el trabajo por horas?

El ministro señaló que esa modalidad fue descartada porque, según la posición del Gobierno durante el debate legislativo, no garantizaba la protección de los trabajadores.

"Por horas deja en una situación de desprotección y de precarización laboral a los trabajadores", sostuvo.

Añadió que la reforma buscó establecer mecanismos de protección para quienes laboran en jornadas parciales.

¿La reducción de la jornada laboral aplica para los empleados públicos?

El funcionario aclaró que la reducción de la jornada establecida en estas normas fue diseñada para el sector privado.

"Esta ley se concibió para el mundo laboral privado, no para el mundo laboral público", afirmó.

Explicó que los empleados públicos se rigen por disposiciones diferentes y por los acuerdos alcanzados en las negociaciones entre el Estado y las organizaciones sindicales.

¿Hasta cuándo estará abierta la ventana de traslado pensional?

En la parte final de la entrevista, el ministro respondió una consulta relacionada con la denominada ventana de oportunidad para el traslado entre regímenes pensionales.

Indicó que el plazo vence el 16 de julio de 2026.

"La fecha final es el 16 de julio, o sea, mañana", señaló.

¿Habrá una prórroga para quienes no alcancen a hacer el traslado?

El ministro respondió que la legislación vigente no contempla una ampliación del plazo.

"No hay prevista una fecha adicional", afirmó.

Explicó que la oportunidad permanece vigente hasta el 16 de julio para las personas que cumplan las condiciones establecidas en la norma y deseen cambiar de régimen pensional.


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