Reforma laboral: empresas deberán modificar reglamentos internos antes de esta fecha

El objetivo es que las reglas internas de cada empresa estén acordes con el nuevo marco legal, evitando inconsistencias.
Uno de los ajustes más importantes tiene que ver con la forma en que las empresas adelantan procesos disciplinarios contra sus trabajadores.
Uno de los ajustes más importantes tiene que ver con la forma en que las empresas adelantan procesos disciplinarios contra sus trabajadores. Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

Las empresas que por ley deben contar con un Reglamento Interno de Trabajo tienen una tarea pendiente: actualizar ese documento antes del 25 de junio de 2026 para ajustarlo a los cambios de la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral.

El plazo fue fijado por la misma norma, que dio un año desde su entrada en vigencia para que los empleadores incluyan las nuevas disposiciones de los derechos de los trabajadores y los procedimientos disciplinarios. Una vez se cumpla esa fecha, los reglamentos deberán estar alineados con las exigencias de la ley vigente.

La reforma laboral comenzó a regir el 25 de junio de 2025, cuando fue publicada en el Diario Oficial. A partir de ese momento empezó a correr el conteo de los 12 meses concedidos para realizar la actualización de los reglamentos internos. Esto significa que las empresas obligadas a tener este documento deberán completar el proceso a más tardar el 25 de junio de 2026, de acuerdo con lo establecido en la ley.

¿Qué cambia con la reforma laboral?

Uno de los ajustes más importantes tiene que ver con la forma en que las empresas adelantan procesos disciplinarios contra sus trabajadores. La reforma establece que esos procedimientos deberán respetar una serie de garantías mínimas de debido proceso, las cuales deberán quedar reflejadas en el Reglamento Interno de Trabajo.

Esto significa que el trabajador deberá conocer con claridad los hechos por los cuales está siendo investigado, tener la oportunidad de presentar sus descargos, aportar pruebas, controvertir las que existan en su contra y recibir una decisión motivada. Además, la ley señala que durante estos procesos deben respetarse principios como la imparcialidad, la presunción de inocencia y la proporcionalidad.

Otro aspecto contemplado por la norma es que estos procedimientos podrán ejecutarse mediante herramientas tecnológicas, siempre que el trabajador tenga acceso a los medios necesarios para participar y ejercer plenamente su derecho de defensa.

La actualización del reglamento no es únicamente cambiar algunos artículos. El objetivo es que las reglas internas de cada empresa estén acordes con el nuevo marco legal, evitando inconsistencias que puedan generar conflictos laborales o afectar los derechos de los empleados durante un proceso disciplinario.

No todas las empresas tendrán las mismas obligaciones

Aunque la actualización del reglamento será obligatoria para quienes deben contar con este documento, la propia reforma establece algunas excepciones. Por ejemplo, el procedimiento disciplinario previsto en la ley no aplica de la misma manera para los trabajadores del servicio doméstico ni para las micro y pequeñas empresas que tengan menos de diez trabajadores, de acuerdo con la clasificación establecida en el Decreto 957 de 2019.

Sin embargo, esto no significa que esos empleadores puedan imponer sanciones sin cumplir garantías básicas. La ley dispone que, incluso en esos casos, el trabajador deberá ser escuchado antes de cualquier decisión y se le deberán respetar el derecho de defensa y el debido proceso.

Además, la reforma ordenó al Ministerio del Trabajo desarrollar un programa de fortalecimiento y acompañamiento dirigido a las micro y pequeñas empresas durante el primer año de vigencia de la ley. La intención es facilitar la implementación de las nuevas reglas y brindar orientación sobre su aplicación.

El plazo ya está definido por la ley

La fecha límite para actualizar los reglamentos internos no depende de una decisión posterior del Gobierno, sino que quedó establecida directamente en la Ley 2466 de 2025. Por esa razón, las empresas que están obligadas a tener Reglamento Interno de Trabajo deberán realizar los ajustes correspondientes antes del 25 de junio de 2026.

Con esta medida, el Gobierno busca que las normas internas de las organizaciones sean coherentes con la reforma laboral y que los procedimientos disciplinarios se desarrollen bajo criterios que garanticen mayor transparencia, seguridad jurídica y protección de los derechos de los trabajadores.

¿Hasta cuándo hay plazo para actualizar el Reglamento Interno de Trabajo?

Las empresas obligadas a contar con este documento tienen hasta el 25 de junio de 2026 para modificar su Reglamento Interno de Trabajo. El plazo corresponde al año de transición que estableció la Ley 2466 de 2025 desde su entrada en vigor.

¿Qué deberán incluir los nuevos reglamentos?

Los reglamentos deberán incorporar las garantías del debido proceso en los procedimientos disciplinarios. Entre ellas están el derecho del trabajador a conocer los hechos que se le atribuyen, presentar descargos, aportar y controvertir pruebas, además de recibir una decisión motivada y adoptada bajo criterios de imparcialidad y proporcionalidad.

¿Qué pasa con las micro y pequeñas empresas?

La ley prevé un tratamiento especial para las micro y pequeñas empresas con menos de diez trabajadores y para el servicio doméstico. No obstante, estos empleadores también deberán garantizar que el trabajador sea escuchado antes de imponer una sanción y respetar su derecho de defensa, aun cuando no les aplique el procedimiento disciplinario previsto para las demás empresas.


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