Gobierno define ruta especial para poner en marcha los servicios del Hospital San Juan de Dios

Se hará una puesta en marcha progresiva y una visita de certificación a 12 meses.
Hospital San Juan de Dios
Restauración del Hospital San Juan de Dios en Bogotá avanza con la entrega del edificio Mantenimiento para el Centro Nacional de Simulación en Salud. Crédito: Colprensa

El Ministerio de Salud expidió la Resolución 1075 de 2026, mediante la cual establece un procedimiento especial para la inscripción y habilitación de los servicios de salud que comenzará a ofrecer el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, una de las instituciones emblemáticas de la salud pública y actualmente en proceso de recuperación.

La medida busca facilitar el inicio de la operación asistencial del hospital, que fue creado como entidad especial del orden nacional mediante el Decreto Ley 1959 de 2023. Con esta decisión, el Gobierno avanza en la reactivación de un complejo hospitalario considerado patrimonio histórico y cultural del país, además de un proyecto estratégico para el fortalecimiento de la red pública de salud.

Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud

De acuerdo con la resolución, el Hospital San Juan de Dios podrá adelantar un proceso de inscripción especial en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), requisito indispensable para comenzar la atención de pacientes.

En una primera etapa, la institución priorizará la oferta de servicios de consulta externa, apoyo diagnóstico, complementación terapéutica y otras atenciones de baja y mediana complejidad.

Uno de los aspectos más relevantes de la norma es que el hospital no deberá someterse a una visita previa de verificación para obtener su habilitación. En lugar de este procedimiento, las autoridades de salud realizarán una visita de certificación una vez transcurran doce meses desde su inscripción en el REPS, con el fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones de calidad exigidas por la normatividad vigente.

Condición de Bien de Interés Cultural

La cartera de Salud argumentó que esta medida responde a la naturaleza jurídica especial del hospital, su condición de Bien de Interés Cultural de la Nación y su papel estratégico dentro de la política pública de fortalecimiento del sistema sanitario. Además, recordó que el ordenamiento colombiano contempla mecanismos diferenciales para instituciones que cumplen funciones excepcionales o que operan bajo condiciones particulares.

La resolución también establece que las secretarías de salud departamentales y distritales deberán revisar la documentación presentada por el hospital y, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, informar al Ministerio para que este formalice la inscripción y habilitación de los servicios.

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud ejercerá labores de inspección, vigilancia y control desde el momento en que la institución quede oficialmente registrada. Mientras tanto, el Ministerio de Salud brindará acompañamiento técnico a las autoridades territoriales para facilitar la entrada en funcionamiento del histórico centro asistencial, cuya recuperación ha sido presentada por el Gobierno para ampliar la capacidad de atención, la formación de talento humano y la investigación en salud en Colombia.

Clave del tema en cuatro preguntas

1. ¿Qué establece la Resolución 1075 de 2026?

La norma define un procedimiento especial para la inscripción y habilitación de los servicios de salud del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, con el propósito de facilitar el inicio de su operación y su incorporación al Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).

2. ¿Qué servicios comenzará a ofrecer el hospital en su primera fase?

Inicialmente, la institución prestará servicios de consulta externa, apoyo diagnóstico y complementación terapéutica de baja y mediana complejidad, además de otros servicios sin complejidad. La estrategia busca una puesta en marcha progresiva mientras avanza la recuperación integral del complejo hospitalario.

3. ¿Por qué el hospital tendrá un proceso de habilitación diferente al de otras instituciones?

El Ministerio de Salud argumentó que el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil tiene una naturaleza jurídica especial, es un Bien de Interés Cultural de la Nación y fue declarado un proyecto estratégico para el país. Por ello, contará con condiciones transitorias que faciliten su reapertura y funcionamiento.

4. ¿Cómo se verificará el cumplimiento de los estándares de calidad?

A diferencia de otros prestadores de servicios de salud, el hospital no tendrá una visita de verificación previa para habilitar sus servicios. En cambio, las autoridades de salud realizarán una visita de certificación doce meses después de su inscripción en el REPS para comprobar que cumple con las condiciones y requisitos exigidos por la normativa vigente.


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