La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional tumbar la suspendida emergencia económica del gobierno de Petro

El Ministerio Público, sin embargo, dijo que es "urgente y necesario" mantener los recursos que sirvan para el sector salud.
El procurador Gregorio Eljach le envió a la Corte Constitucional un concepto en el que asegura que la emergencia económica del gobierno de Petro no se ajusta a la Constitución, pero que deben rescatarse recursos para la salud.
El procurador Gregorio Eljach le envió a la Corte Constitucional un concepto en el que asegura que la emergencia económica del gobierno de Petro no se ajusta a la Constitución, pero que deben rescatarse recursos para la salud. Crédito: Colprensa | Collage de La FM

Para la Procuraduría General de la Nación, la emergencia económica que la administración de Gustavo Petro declaró en diciembre del año pasado es inconstitucional. Así se lo hizo saber al magistrado Carlos Camargo, exdefensor del Pueblo y ponente en el análisis del suspendido decreto del estado de excepción.

Con un escrito de cuarenta páginas, que firmó el procurador general, Gregorio Eljach, el Ministerio Público emitió un concepto en el trámite de la emergencia para adherirse a quienes la califican como inexequible, como la Defensoría del Pueblo. Pero advirtió de la necesidad de preservar sus efectos en la financiación de la salud.

La Procuraduría y la Defensoría coinciden en que el Decreto 1390 de 2025 no se ajusta a la Constitución, pero la plata recaudada para la unidad de pago por capitación (UPC) es fundamental. Eljach, incluso, calificó como “urgente y necesario” que “el andamiaje estatal” cumpla los fines del Estado, como garantizar el derecho a la salud.

La UPC es el monto que el Estado le paga a las EPS por cada persona afiliada. A finales del año pasado, antes de la emergencia, Camargo y la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que reconoció a la salud como un derecho fundamental, abrieron un incidente de desacato por la insuficiencia en la unidad.

En 2025 la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (Adres) destinó $88,4 billones a la UPC, y en 2026 proyecta girar $101 billones. Sin embargo, la siniestralidad, la relación entre costos e ingresos, que reportaron las EPS es de 109,5%, lo que implica un déficit presupuestal de unos $5,95 billones.

A ello se suma la diferencia de 7,6% entre el aumento del promedio de la UPC para el régimen contributivo y para el régimen subsidiado. “El ajuste proyectado de la UPC para 2026 corrige solo parcialmente el problema, pues subsisten déficits estructurales acumulados de vigencias anteriores”, relató la Defensoría en febrero.

Déficit en la UPC y crisis estructural del sistema de salud

Una de las justificaciones del gobierno de Petro para la emergencia económica es, precisamente, cumplir las órdenes de la Corte Constitucional en materia del pago a las EPS. La Defensoría defiende ese alegato: “La garantía del derecho a salud, especialmente para las poblaciones más vulnerables, enfrenta un escenario crítico”.

La Procuraduría, por su parte, considera que “optimizar la prestación del servicio de salud sin duda contribuirá a garantizar los derechos fundamentales de las personas”. A pesar de las intervenciones de la Superintendencia de Salud, por las que el Gobierno actualmente administra ocho EPS,, “las graves falencias persisten”.

“Tan solo lo relacionado con la prestación del servicio de salud agravada por la crisis fiscal supera los presupuestos fácticos, valorativos y de suficiencia”, señaló Eljach, que insistió en que la emergencia es inconstitucional, “por lo que se solicitará a la Corte Constitucional que así lo declare”, sin descartar “los recursos requeridos para la equiparación de la UPC”.

El Gobierno ha defendido que la emergencia económica es necesaria para pagar sentencias judiciales, reforzar la seguridad de líderes sociales y pagar subsidios de servicios públicos. Pero “no se trata de hechos sobrevinientes ni extraordinarios” ni “del agravamiento de una problemática estructural”, protestó la Procuraduría.

La Sala Plena de la Corte Constitucional suspendió el 29 de enero el estado de emergencia económica. Con seis votos a favor y dos en contra, el alto tribunal trazó un antecedente clave y acogió una ponencia conjunta de Carlos Camargo, Juan Carlos Cortés, Lina Escobar, Natalia Ángel, Paola Meneses y Miguel Polo Rosero.

El plenario fue más allá del proyecto inicial que Camargo presentó y que pedía pausar la emergencia mientras llegaba una decisión de fondo. El consenso ajustó ciertos apartes para que el auto oficial (que la Corte aún no revela) tuviese en cuenta los pormenores de la suspensión.

La inédita suspensión implicó que la Corte rompiera su propia jurisprudencia. En 1994, una sentencia del alto tribunal estableció que era improcedente frenar decretos legislativos, como los de estados de excepción, incluyendo la emergencia económica.

Suspensión sin precedentes y choques entre la Corte y el Gobierno

Según el Gobierno, el giro jurídico es un argumento para anular la suspensión. "Desde la Sentencia C-178 de 1994 es claro entonces que la suspensión provisional de decretos legislativos carece de sustento normativo", expresa una solicitud de nulidad, que la Presidencia radicó y que La FM reveló en primicia el 4 de febrero.

Y aunque en los tribunales y las cortes se suele transformar los precedentes de cara a los cambios del derecho, el Gobierno afirma que el precedente de hace más de treinta años "obliga" a la Constitucional a apegarse. Lo contrario "compromete la coherencia del orden constitucional".

Por orden de la Constitución, la Corte Constitucional evalúa de forma automática la exequibilidad de todos los estados de excepción. Es decir, revisa si una declaratoria de conmoción interior, guerra exterior o emergencia económica se ajusta a la Carta o si es arbitraria.

Los decretos deben contar con una motivación, a la que el Gobierno le dedicó quince páginas y media entre las veinte del Decreto 1390. Y deben tener las firmas de todos los ministros para no correr la suerte del Decreto 133 de 2025, uno de los que se desprendió de la emergencia en el Catatumbo.

El historial del gobierno de Petro no es el mejor, ni siquiera antes de la suspensión. En octubre de 2023, luego de tres meses de análisis, la Corte tumbó la emergencia económica en La Guajira, argumentando que pretendía resolver problemas estructurales con una norma excepcional.

Y en abril de 2025 el tribunal declaró “parcialmente” inconstitucional la conmoción interior que el Gobierno declaró en Norte de Santander y Cesar por la crisis humanitaria que el ELN desató en Catatumbo en medio de enfrentamientos con las disidencias de las Farc.


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