Dos horas pasaron desde que el esquema de seguridad presidencial trancó el tráfico de la calle 72 con carrera novena, en Bogotá. El presidente Gustavo Petro asistió a la sede en Chapinero de la Corte Suprema de Justicia para cumplir con una diligencia de conciliación a la que lo citó el magistrado César Reyes.
Reyes, expresidente de la Sala de Instrucción —que funciona en la 72 junto a la Sala de Primera Instancia—, convocó al mandatario y a tres congresistas que, cuando Estados Unidos atacó Venezuela para extraer a Nicolás Maduro, lanzaron varios mensajes en redes sociales que el jefe de Estado interpreta como delitos.
La conciliación fue de las diez de la mañana a las doce del mediodía. Petro denunció al senador Jonathan Pulido, que saltó del activismo a la política con el seudónimo Jota Pe Hernández, de la Alianza Verde; al representante opositor Miguel Polo Polo, que no logró repetir su curul afro, y la representante Lina Garrido, de Cambio Radical.
En principio, por un punible inédito: menoscabo a la integridad nacional. En enero, cuando las cortes seguían en vacancia, la Suprema recibió una cascada de denuncias contra los mismos tres congresistas. El entonces ministro de Justicia, Andrés Idárraga, fue uno de los demandantes, igual que el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.
Alejandro Carranza, el abogado escudero del jefe de Estado, radicó sus denuncias —una contra Polo, otra contra Garrido y una más contra Pulido— el 7 de enero, asegurando que actuó “por iniciativa propia, en ejercicio del deber ciudadano y profesional”. Aun así, el propio Gustavo Petro estuvo en la Corte este viernes.
Para Petro, Carranza, Sanguino y la abogada Jessica Chávez —otra de las denunciantes hace cuatro meses—, varios trinos de Pulido, Garrido y Polo afectan la soberanía de Colombia. Miguel Polo Polo, por ejemplo, publicó imágenes con inteligencia artificial que aluden a una captura de Petro de parte de su homólogo Donald Trump.
Jota Pe Hernández fue el único congresista que asistió a la conciliación con Petro
“Nos vemos en la Sala de Instrucción”, respondió en su momento el abogado del representante afrocolombiano, Jhonatan Peláez. Ni el congresista ni el jurista asistieron a la cita. Tampoco la representante Lina Garrido. El único que atendió el llamado fue Jota Pe Hernández, junto a su abogado Hollman Ibáñez.
En la denuncia contra Pulido, Carranza adjuntó diez trinos que, según su tesis, escalan de una “criminalización” del presidente Gustavo Petro a “solicitudes explícitas” de extradición y “juzgamiento” en Estados Unidos. En uno de ellos el senador escribió que soñaba que “algún día podamos ver a Petro con una pijama naranja”.
Cuando el ministro Sanguino anunció sus denuncias contra varios congresistas por menoscabo, Pulido publicó en su cuenta de X una “solicitud de investigación sobre posible financiación ilícita de campaña electoral en Colombia con fondos del régimen venezolano”. El documento se dirigía al secretario de Estado Marco Rubio.
El senador Jonathan Pulido no concilió con el presidente Gustavo Petro. No llegaron a un acuerdo porque “no existe ningún tipo de delito”, narró al salir de la diligencia con el magistrado Reyes. “El senador Jota Pe Hernández le ha solicitado a Estados Unidos que investigue”, zanjó en tono distinto al de sus intervenciones en el Congreso.
La conciliación iba por los delitos de injuria y calumnia, que Carranza denunció además de menoscabo. También pidió procesar a los congresistas por instigación a la guerra. Si la conciliación hubiese resultado exitosa —un escenario de todos modos improbable—, la indagación seguiría adelante por menoscabo e instigación.
Las denuncias por mensajes sobre intervenciones de Estados Unidos en Colombia
“Más allá de cualquier procesalismo, lo importante es entender que al presidente le preocupa la integridad nacional, le preocupa la unidad nacional”, expresó por su parte el defensor del primer mandatario, Alejandro Carranza. “No se puede permitir, por ninguna razón, que se ataque la unidad nacional, que pidan que nos invadan”, agregó.
Antes de una reunión en la Casa Blanca el 3 de febrero, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, no descartaba en Colombia una operación militar similar a la que dio con el arresto de Nicolás Maduro en Caracas. “Suena bien para mí”, afirmó el republicano el 4 de enero, cuando calificó a Colombia como un país “enfermo”.
"Venezuela está muy enferma, Colombia está muy enferma también, dirigida por un hombre enfermo al que le gusta fabricar cocaína y venderla en los Estados Unidos, y no lo va a hacer por mucho tiempo, déjenme decirles", dijo el dos veces mandatario neoyorquino, despertando reacciones en Bogotá.
Fue la tercera advertencia del magnate en un mes. Un día antes, en una conferencia de prensa en Florida, insistió sin pruebas en que el presidente Gustavo Petro “está produciendo cocaína y la está enviando a Estados Unidos”, así que “será mejor que se cuide el trasero”.
El secretario de Transparencia, Andrés Idárraga, exministro de Justicia interino, invitó a "todas las cabezas de la institucionalidad" a rechazar las insinuaciones de Trump, y luego el ministro del Interior, Armando Benedetti, criticó su "silencio". Petro advirtió en su cuenta de X de forma ambigua que su detención desataría "al jaguar popular".
Las respuestas fueron distintas en las bancadas opositoras a la administración de Petro. Lina Garrido publicó un trino pidiéndole al jefe de Estado norteamericano que "no tarde tanto" en actuar en Colombia. Jota Pe Hernández replicó en Instagram la amenaza de que Petro "cuide su trasero".
El delito de menoscabo a la integridad nacional, sin antecedentes judiciales en Colombia
Una vez la Rama Judicial arrancó su año laboral, le dio paso en el despacho de César Reyes a un trámite legal sin muchas probabilidades de llegar a buen puerto. El presidente, su abogado y sus ministros denunciaron por menoscabo a la integridad nacional, del artículo 455 del Código Penal, e instigación a la guerra, del 458.
Ninguno de los delitos ha arribado alguna vez a una condena. De acuerdo con datos del sistema penal acusatorio, que la Fiscalía compila desde 2010, el ente acusador ha abierto veintiún noticias criminales de menoscabo, que no ha salido de la ley penal desde hace veinticinco años.
Del total, quince casos están inactivos y apenas seis siguen andando. Ningún proceso entre la veintena ha pasado de la etapa de indagación, o sea que no han logrado ni siquiera una imputación. El año con más apertura de causas fue 2025, con apenas cuatro.
La primera vez que la Fiscalía abrió una indagación por el artículo 455 se remonta a 2010. La segunda ocasión llegó tres años después, y un par de noticias criminales surgieron en años consecutivos hasta 2017. Lo cierto es que ninguna medró.
El menoscabo a la integridad nacional es uno de los siete delitos que conforman el capítulo de traición a la patria del Código Penal, un aparte que busca castigar conductas graves que atenten contra la existencia y la seguridad del Estado.
Penalistas advierten que castigar opiniones podría abrir un uso político del derecho penal
Históricamente, ha aparecido poco en las discusiones públicas. En 2003 el Colectivo José Alvear Restrepo (Cajar), una oenegé defensora de derechos humanos, denunció al entonces presidente Álvaro Uribe en la Comisión de Acusación por permitir bases militares estadounidenses en Colombia.
Uno de los firmantes de la denuncia fue Reinaldo Villalba. Años después se convirtió en el abogado del senador Iván Cepeda, quien se enfrentó al expresidente Uribe en el proceso por manipulación de testigos que concluyó en 2025 con una absolución del exmandatario.
En julio de 2012 Uribe se refirió al tipo penal en su cuenta de Facebook, en medio de una discusión por un video en el que la fallecida exsenadora Piedad Córdoba incitaba a indígenas del Cauca a rechazar la presencia de las Fuerzas Militares en sus territorios.
La poca exposición del menoscabo a la integridad nacional en procesos judiciales avanzados ha impedido un desarrollo jurídico que al menos se acerque a otros con más interpretaciones o abordajes, como la inasistencia alimentaria, el homicidio o el hurto, que son más cotidianos.
En la Corte Suprema —el órgano de cierre en asuntos penales— y en la Corte Constitucional —el tribunal más importante del país— no hay jurisprudencia que influya en el tratamiento de los jueces o de la Fiscalía en una eventual investigación.
Así que para entenderlo la clave es el Código. “El que realice actos que tiendan a menoscabar la integridad territorial de Colombia, a someterla en todo o en parte al dominio extranjero, a afectar su naturaleza de Estado soberano o a fraccionar la unidad nacional”, irá a prisión por hasta 45 años.
Las autoridades nunca han llevado a juicio un caso de menoscabo a la integridad nacional
Tanto las cifras como la doctrina muestran no solo que no es un delito común, sino que “resulta altamente complejo desde el punto de vista probatorio”, como le explicó la penalista Dalila Henao a La FM. El derecho penal castiga actos concretos y demostrables, no ideas.
Penalizar opiniones o meras expresiones sería desproporcionado. “Permitir que se acuse de traición a la patria o de menoscabo a la integridad nacional a quien expresa una opinión, por más desafortunada que sea, abre la puerta a un uso político del derecho penal”, afirmó por su parte Valentina Lizcano.
“Lo que debemos preguntarnos no es si el mensaje fue escandaloso, sino si fue un acto jurídicamente idóneo para afectar la soberanía nacional”, remarcó la especialista en ciencias penales y criminológicas. “Si no hay riesgo concreto, no hay delito”, indicó en diálogo con La FM.
A diferencia de otros delitos que especifican quiénes pueden ser sujetos activos o potenciales investigados —como el peculado, que habla específicamente de servidores públicos—, el menoscabo a la integridad nacional no discrimina a quién puede juzgar.
En términos simples, cualquier persona podría incurrir en el punible. Pero es claro que no todo el mundo tiene el poder para ello. Si alguien manifiesta deseos de una invasión extranjera, debe probarse su “potencial eficacia”, en palabras de Lizcano, o su “potencialidad real”, en las de Henao.
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Por qué Gustavo Petro denunció a Jota Pe Hernández, Miguel Polo Polo y Lina Garrido?
El presidente Gustavo Petro los denunció por los delitos de menoscabo a la integridad nacional, injuria, calumnia e instigación a la guerra, luego de que los congresistas opositores publicaran mensajes y comentarios en redes sociales sobre una eventual intervención de Estados Unidos en Colombia o sobre una posible captura del mandatario por parte de autoridades norteamericanas.
¿Qué pasó en la conciliación entre Petro y los congresistas en la Corte Suprema?
La diligencia de conciliación se realizó en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, bajo la coordinación del magistrado César Reyes. Solo asistió el senador Jota Pe Hernández, acompañado de su abogado. No hubo acuerdo con el presidente Gustavo Petro, mientras Miguel Polo Polo y Lina Garrido no acudieron a la cita judicial.
¿Qué es el delito de menoscabo a la integridad nacional y por qué genera discusión jurídica?
El menoscabo a la integridad nacional es un delito incluido dentro del capítulo de traición a la patria del Código Penal colombiano y castiga actos orientados a afectar la soberanía o la unidad del país. Sin embargo, nunca ha llegado a juicio ni a condena en Colombia, y penalistas advierten que usarlo contra opiniones o publicaciones podría abrir la puerta a un uso político del derecho penal.
¿Qué dicen los expertos sobre las denuncias de Petro por traición a la patria?
Especialistas en derecho penal consultadas por La FM sostienen que para configurar el delito no basta una opinión polémica o una publicación en redes sociales, sino que debe demostrarse una amenaza concreta y real contra la soberanía nacional. También advierten que castigar expresiones políticas podría chocar con la libertad de expresión y generar riesgos para el debate democrático.