Eutanasia para niños y adolescentes: ¿En qué consiste el nuevo proyecto de ley?

La Corte Constitucional había recomendado al Congreso legislar sobre este tema.
Colombia
Crédito: Imagen referencia eutanasia de AFP

RCN Mundo/ La FM conoció el texto completo de un proyecto de ley que busca reglamentar la eutanasia en Colombia, ampliando su aplicación a niños, niñas y adolescentes. Cabe mencionar que la Corte Constitucional ha recomendado al Congreso legislar sobre este tema.

”Son titulares del derecho a morir dignamente en la modalidad de muerte médicamente asistida, todas las personas nacionales de Colombia y quienes, sin ser nacionales del país, acrediten al menos un año de residencia continua en Colombia al momento de realizar la solicitud de acceso a la muerte médicamente asistida”, señala uno de los apartes del proyecto radicado por el representante liberal, Juan Carlos Losada.

“Esto incluye a los niños, niñas y adolescentes, quienes deberán estar representados por sus padres o representantes legales, de conformidad con lo planteado en la presente ley”, agrega el texto.

Más información: Corte hizo un llamado al Congreso para que cree normas que regulen el derecho a morir dignamente

La iniciativa establece algunas reglas iniciales como la edad en la que se puede acceder a ese procedimiento. “Los niños, niñas y adolescentes entre los seis (6) y los dieciocho (18) años pueden acceder a la muerte médicamente asistida, en los términos previstos en la presente ley y en las normas que la reglamenten”.

De acuerdo con el congresista, otras características para tener en cuenta en la aplicación de la eutanasia a menores de edad serán que "(1) los padres del niño, niña o adolescente o quienes ejerzan su representación legal sean mayores de dieciocho 18 años; (2) el niño, niña o adolescente presente una enfermedad grave e incurable o lesión corporal que le cause un intenso sufrimiento físico o psíquico".

En otras noticias: CNE abrió indagación preliminar al Pacto Histórico por los Petrovideos

Sin embargo, la iniciativa que fue radicada en la Secretaría del Congreso el pasado 20 de julio, establece que “no es necesario ni será exigible acreditar la existencia de enfermedad terminal, ni pronóstico médico de muerte próxima”.

Este es el texto completo al que tuvo acceso RCN Mundo/LA FM:

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