Un nuevo golpe recibió el exalcalde Daniel Quinterio Calle, luego de que el Juzgado 62 Administrativo de Bogotá le negara la acción de tutela que presentó para poder ser candidato presidencial por firmas.
En la decisión, el juez no aceptó las pretensiones, entre las que incluía obligar a la Registraduría a autorizar su inscripción por un movimiento significativo de ciudadanos, para poder recoger los apoyos necesarios que avalen su aspiración en las elecciones del 2026.
En el fallo se asegura que nohubo violación al debido proceso y tampoco a su derecho a ser elegido, por cuenta de la decisión de la Registraduría de impedir su inscripción para participar en los comicios del año entrante.
“En ese sentido, para el Despacho el hecho de que el comité inscriptor 'Reset total contra el narco y los corruptos' y el acá accionante hayan comparecido el 27 de octubre pasado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil a formalizar la inscripción y esta no se haya podido llevar a cabo, es una circunstancia que no desconoce el debido proceso administrativo, en la medida que el agendamiento para este acto es del resorte exclusivo del respectivo Registrador, de conformidad con su agenda, tal y como lo prevé la Resolución No. 6064 de 2025”, dijo.
Y añade: “este despacho no evidencia acciones u omisiones que vulneren o amenacen con vulnerar los derechos invocados; concretamente en lo que corresponde a los derechos a elegir y ser elegido, debido proceso administrativo y el acceso a cargos públicos no se estiman conculcados, toda vez que, justamente el registro del comité aún no se encuentra resuelto y no existe una negativa frente a su inscripción, aunado a que aun no ha finalizado la oportunidad establecida por la entidad accionada para proceder con el registro de los comités inscriptores”.
Por estas y otras consideraciones, el despacho decidió “NEGAR la solicitud de amparo solicitada por el señor DANIEL QUINTERO CALLE en contra de la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, conforme con lo expuesto en el presente fallo”.
Además, ordena “DESVINCULAR del presente trámite constitucional al Consejo Nacional Electoral, al Partido Comunista Colombiano, al Partido Polo Democrático Alternativo y a la Unión Patriótica”.
No obstante, el exalcalde Quintero tiene la posibilidad de impugnar esta decisión, especialmente ahora que la Registraduría le negó la inscripción de su comité promotor bajo el argumento de que no recibió, de parte de los partidos que participaron en la consulta del Pacto Histórico, una comunicación a tiempo sobre su renuncia a la participación en dicho proceso.
Así las cosas, para la organización electoral, Quintero sí participó de las elecciones internas del pasado 26 de octubre, por ende debe acatar los resultados que dejaron como ganador a Iván Cepeda y no puede participar como candidato por otro movimiento o partido político diferente.