Una sala especial del Consejo de Estado adelanta un litigio sin precedentes. Un presidente en ejercicio, por primera vez en la historia colombiana, enfrenta un proceso de pérdida de investidura. Pero no tiene nada que ver con sus funciones en la Casa de Nariño, sino con su trayectoria anterior, en el Congreso de la República.
El expediente se desestancó en febrero, tras casi cuatro años de controversia jurídica. La Sala Plena del Consejo de Estado concluyó entonces que sí puede avanzar en una pérdida de investidura contra Gustavo Petro, y contra cualquier jefe de Estado, si la causal alegada en la solicitud o demanda narra hechos de cuando fue congresista.
No fue un debate sencillo. En septiembre de 2022, un mes después de la posesión de Petro como mandatario, una sala de pérdida de investidura, entre las que el Consejo diseña con un magistrado de cada sección, señaló que solo la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes era competente para procesar al jefe de Estado.
El ponente en 2022 era Alberto Montaña, el magistrado que en 2025 fue vicepresidente del Consejo y este año se convirtió en presidente. Admitió la demanda en junio, dos días después de que Petro se convirtió en presidente electo. Mientras se resolvían los recursos de reposición del otrora senador, se posesionó como mandatario.
“No escapa a la Sala que el presidente en ejercicio era congresista para el momento de los hechos y que tal situación podría llevar a pensar, erradamente, que esta corporación mantiene la competencia”, apuntó el auto de diez páginas con el que Montaña y la Sala Especial de Decisión 14 declararon falta de competencia.
El Consejo de Estado revivió el proceso contra Petro tras cuatro años
Joan Sebastián Moreno —un abogado que en el pasado se ha involucrado en varios procesos públicos, como una solicitud en 2021 para que la Alcaldía de Bogotá restaure lugares intervenidos por las protestas de entonces— presentó un recurso de súplica y luego uno de apelación, así que el tema pasó a la Sala Plena del Consejo de Estado.
La Sala Plena se reunió el 10 de febrero de 2026 y debatió desde las ocho de la mañana. Al inicio de la tarde aún no se conocía el veredicto, que casi a las seis pasó a la secretaría del Consejo para notificarles a Moreno y Petro. El resultado fue un auto de catorce páginas con ocho aclaraciones de voto y dos salvamentos.
“El ordenamiento jurídico sí atribuye al Consejo de Estado la competencia expresa y puntual para conocer de este proceso”, afirma el documento judicial, “sin que pueda predicarse un vacío, laguna o antinomia normativa, conclusión que, además, redunda en beneficio” del derecho al acceso a la administración de justicia.
La ponencia que inclinó la balanza fue la que radicó el 30 de enero el magistrado Fredy Ibarra Martínez, el que asimismo definió a favor del representante David Racero el rechazo a una pérdida de investidura por el llamado ‘caso Fruver’. Antes, el expediente estuvo en manos de la consejera Myriam Gutiérrez, derrotada en diciembre de 2025.
La demanda de Joan Moreno alega que Gustavo Petro incurrió en la segunda causal de pérdida de investidura: si un congresista se ausenta de forma injustificada al menos seis veces, podrá perder su cargo. En febrero de 2023, el pleno del Consejo de Estado repartió la apelación, que estuvo estancada hasta enero de 2025.
La defensa de Petro y la Procuraduría niegan ausencias injustificadas en el Congreso
Héctor Alfonso Carvajal Londoño era el abogado del hoy mandatario. En junio del año pasado renunció a su designación. En abril el presidente Gustavo Petro lo ternó para que el Senado lo escogiera como reemplazo de la magistrada Cristina Pardo en la Corte Constitucional. En mayo el Legislativo lo avaló, con 66 votos.
Este miércoles, 13 de mayo, el magistrado Alberto Montaña, a quien regresaron las carpetas del caso luego de la decisión de la Sala Plena, escuchó al actual abogado del mandatario, Pedro Alejandro Carranza, compañero de Petro en varios procesos ante el Consejo Nacional Electoral, la Comisión de Acusación y la Corte Suprema.
La Procuraduría aseguró que no hay razones para fallar en contra del presidente, porque, aunque sí faltó a varias sesiones por cuenta de excusas médicas, las seis ausencias de la que habla la norma deben darse en un mismo período legislativo. Las faltas que Moreno presentó se dieron en dos legislaturas distintas.
El 6 de abril, el Consejo de Estado escuchó a los médicos Jorge Alberto Barrios Salcedo y Rodrigo Botero Moreno, los doctores que certificaron las incapacidades de Petro. Después de la diligencia de este miércoles, el Consejo analizará las tesis de las partes y, en cualquier caso, la sentencia no tendrá ningún efecto práctico.
“La solicitud carece de fundamento fáctico y jurídico para prosperar, al no acreditar inasistencias injustificadas”, apuntó la representante del Ministerio Público. El demandante aduce que el entonces senador Petro faltó a una sesión de agosto, una en octubre y tres en noviembre de 2018, dos de abril y una de mayo de 2019.
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Por qué el Consejo de Estado adelanta un proceso de pérdida de investidura contra Gustavo Petro?
El Consejo de Estado estudia una demanda que busca declarar la pérdida de investidura de Gustavo Petro por supuestas ausencias injustificadas cuando era senador de la República. El caso no tiene relación con su gestión como presidente, sino con hechos ocurridos entre 2018 y 2019, antes de llegar a la Casa de Nariño.
¿Por qué el caso es considerado inédito en Colombia?
Es la primera vez que un presidente en ejercicio enfrenta un proceso de pérdida de investidura ante el Consejo de Estado. La Sala Plena del alto tribunal concluyó en febrero de 2026 que sí tiene competencia para juzgar a un jefe de Estado cuando las conductas cuestionadas ocurrieron durante su etapa como congresista.
¿Qué argumenta la demanda contra Petro?
El demandante, Joan Sebastián Moreno, sostiene que Petro acumuló al menos seis ausencias injustificadas a sesiones del Congreso, causal que puede llevar a la pérdida de investidura de un parlamentario. Según la demanda, las faltas ocurrieron entre agosto de 2018 y mayo de 2019, aunque varias de ellas estuvieron respaldadas por incapacidades médicas.
¿Qué dicen la defensa de Petro y la Procuraduría sobre el proceso?
La defensa del presidente y la Procuraduría coinciden en que no existen razones para declarar la pérdida de investidura. El Ministerio Público sostiene que las ausencias ocurrieron en períodos legislativos distintos y que, además, varias fueron justificadas con excusas médicas, por lo que no se configuraría la causal prevista en la Constitución y la ley.