Auto del Consejo de Estado reconoce que trámite de la consulta popular “culminó” en el Senado

En el documento se dice que el concepto desfavorable sobre la consulta se convirtió en un “acto definitivo”.
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La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda para estudiar el pronunciamiento que hizo el Senado sobre la consulta popular que proponía el Gobierno Nacional y que terminó negando con una votación de 49 por el NO y 47 por el Sí.

El auto con el cual se admite la demanda podría ser crucial en el debate que se ha generado sobre si hubo o no una decisión del Congreso sobre este asunto, tal y como lo ha planteado el Gobierno Nacional para argumentar su decisión de convocar la iniciativa por decreto.

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En el numeral 15 del documento se establece que “como las pretensiones del demandante se fincan en la existencia de un concepto desfavorable en punto de la consulta popular nacional, es evidente que tal acto se convirtió en definitivo, pues con ello culminó el trámite iniciado el 1° de mayo de 2025 por el presidente y sus ministros”.

Esto quiere decir que para la Sección Quinta del Consejo de Estado si hubo un concepto desfavorable y el trámite de la consulta se convirtió en un “acto definitivo” de carácter electoral que puede ser examinado por la autoridad judicial correspondiente.

“Se concluye que el acto acusado mediante el cual el secretario general del Senado de la República certificó que en la sesión plenaria del 14 de mayo de 2025 se sometió a discusión la consulta popular de carácter nacional, la cual obtuvo por el sí 47 votos y por el no 49 (total: 96 votos) y que, por ello, «[…] se negó […]», consiste en un acto de contenido electoral, el cual está sujeto a control judicial mediante el mecanismo establecido en el artículo 137 del CPACA”, indica el numeral 16.

De hecho, el propio exregistrador nacional Alexander Vega citó el auto del Consejo de Estado para decir que la Registraduría no puede fijar un calendario electoral para la votación de la consulta, porque el requisito del concepto favorable que debe emitir el Senado, no se dio.

“Basta ver el auto de admisión de la Sesión Quinta en donde dice que ya hubo decisión, que es un acto de contenido electoral, razón por la cual ese requisito (concepto favorable) no está dado por el Senado de la República, por consiguiente la organización electoral no podría convocar un calendario electoral”, indicó.

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No obstante, el ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que el Gobierno ya tiene listo el borrador del decreto con el cual se convoca la consulta popular y están haciendo las últimas revisiones con constitucionalistas para poder emitirlo de la forma correcta.


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