CNE si tiene las competencias para investigar a Gustavo Petro y Francia Márquez: Consejo de Estado

El tribunal ratificó que no es el competente para tramitar una denuncia que pide la pérdida de investidura del Presidente.
Consejo de Estado Referencia
Consejo de Estado Referencia Crédito: RcnRadio

El Consejo de Estado ratificó un auto de hace meses en el que expresó la falta de competencia de ese tribunal para resolver una demanda que pide que se declare la pérdida de investidura contra el presidente, Gustavo Petro y la vicepresidenta, Francia Márquez.

El tribunal ratificó esa determinación en un caso en el que el demandante fundamentó su argumento en la aparente violación de topes electorales que se habría registrado en la campaña del ahora primer mandatario, por lo que, en ese sentido, el presidente Petro debía perder su cargo por no cumplir con los aspectos legales.

La demanda indica que no se cumplieron de forma completa y legal los trámites de la última etapa del proceso, por haberse superado los topes de gastos e ingresos de la campaña electoral presidencial, "razón por la que se debe decretar la pérdida del cargo de los demandados”, señala el demandante.

Los magistrados de la Sección Quinta resaltaron que en la ley se explica que el Consejo Nacional Electoral será la autoridad competente para estudiar los casos en los que se denuncie superación de los topes, pero que, en caso de que la falta se registre en el caso del ganador de las elecciones presidenciales, será el Congreso el encargado de estudiar la posible pérdida de investidura.

“Le corresponde al Consejo Nacional Electoral iniciar únicamente las investigaciones administrativas correspondientes por la violación a los topes de financiación de las campañas, luego de lo cual, si hay lugar, le compete al Congreso, conocer la pérdida del cargo en el caso del presidente”, añadió el documento.

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El tribunal además mencionó que, en el caso de la vicepresidenta Francia Márquez, pese a no tener ningún fuero, la campaña presidencial se registra con una formula vicepresidencial, lo que representa una sola campaña, por lo que la Comisión de Acusaciones sería la encargada de definir la legalidad de la campaña del primer mandatario y su fórmula.

Por este caso, la Corte Constitucional también se pronunció, pues los magistrados de la Sala Plena resolvieron el caso explicando que, según la ley, el Consejo Nacional Electoral es el tribunal encargado de avanzar en las investigaciones por la financiación de la campaña del primer mandatario.

"La competencia para decidir sobre la presunta violación de los topes de financiación de la campaña presidencial corresponde al Consejo Nacional Electoral, conforme lo dispuesto en los artículos 265 de la Constitución y 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005", afirmó el pronunciamiento.

Con esto, el caso queda ratificado para que sea de conocimiento del Consejo Nacional Electoral, para que adelante la investigación y las posibles decisiones contra la campaña del presidente Gustavo Petro.


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