¿Por qué le quitaron la investidura a 'Iván Márquez'?

El paradero del excomandante guerrillero se desconoce desde abril de 2018.
Iván Márquez
Iván Márquez Crédito: YouTube Agencia Bolivariana de Prensa

Para el Consejo de Estado, Luciano Marín Arango, conocido como ‘Iván Márquez’, no tuvo ninguna intención de posesionarse como senador de la República en la instalación del Nuevo Congreso el pasado 20 de julio.

Pese a que estaba en libertad y no tenía ningún tupo de requerimiento por parte de la justicia, el excomandante de las Farc prefirió de manera voluntaria no acercarse al edificio del Capitolio Nacional. Igualmente, no allegó ninguna excusa para justificar su inasistencia.

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En el análisis jurídico se concluyó que nunca se presentó una “circunstancia de fuerza mayor” que le impidiera a ‘Márquez’ trasladarse a Bogotá para tomar posesión como senador de la República para el período 2018-2022.

EL Consejo de Estado señaló que el excomandante guerrillero resultó beneficiado con una de las diez curules que se fijaron en el acuerdo de paz firmado entre las Farc y el Gobierno. Debido a esto, quienes resultaron designados deben cumplir una serie de obligaciones constitucionales y legales.

Cualquier tipo de incumplimiento de estas obligaciones puede motivar un proceso de pérdida de investidura o nulidad de la elección. En el caso de ‘Iván Márquez’ se determinó que no tomó posesión de su cargo en el término establecido por la Constitución Política y la ley.

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Tras su desmovilización del grupo guerrillero –señala la decisión- el partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (Farc) le entregó una de las curules a ‘Márquez’, hecho por el cual desde esa misma designación especial el excomandante guerrillero asumió un rol de congresista.

Pese a que el exjefe negociador de la guerrilla de las Farc en el proceso de paz en La Habana (Cuba) había anunciado en una carta que renunciaba a la curul el Consejo de Estado concluyó que “no existió tal renuncia, pues él manifestó su percepción sobre algunos incumplimientos del acuerdo”.

Hecho por el cual se determinó que estas críticas y declaraciones no se pueden considerar como una dimisión. El Consejo de Estado consideró que el exintegrante del Secretariado de las Farc tenía muchas opciones para manifestar su desacuerdo con el acuerdo y aun así posesionarse.

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La Sala consideró que ‘Márquez’ tuvo la posibilidad de diseñar una salida concertada junto a su partido para solucionar los problemas que se estaban presentando sin sacrificar su “obligación de promover la reintegración política colectiva”. En este punto se señala que no atendió las obligaciones que le imponía la Constitución Política.

No fueron de buen recibo las declaraciones frente a una inseguridad jurídica y física para no posesionarse, advirtiendo que los otros exintegrantes de las Farc sí se posesionaron ante el Congreso.

El Consejo de Estado declaró la pérdida de investidura para ‘Márquez’ cuyo paradero se desconoce desde abril de 2018 cuando salió del Espacio Territorial en Miraflores (Caquetá) argumentando que existía un riesgo constante en contra de su vida e integridad personal.

Para la Sala esta sanción tiene como objetivo proteger la reintegración política colectiva de aquellos que dejaron las armas tras la firma del acuerdo de paz, evitando que se defraude la confianza depositada en el proceso de paz que pactaron las dos partes.


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