El exdirector de la Policía Nacional, general retirado Rodolfo Palomino, reapareció tras haber sido recluido en el Centro de Estudios Superior de la Policía Nacional (CESPO), para comparecer de manera virtual a la audiencia de lectura de sentencia emitida en su contra por la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia.
El magistrado ponente Jorge Emilio Caldas Vera anunció de manera formal que el general retirado fue condenado a una pena de siete años y un día de prisión por el delito de tráfico de influencias de servidor público.
Además, le impuso una multa de 174,9976 salarios mínimos mensauales legales vigentes, y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de nueve años.
De igual forma, en su decisión los magistrados le negaron al exdirector de la Policía Nacional el beneficio de la prisión domiciliaria.
En esta condena de primera instancia el general (r) fue hallado culpable por haber solicitado de manera irregular a la fiscal especializada Sonia Lucero Velásquez Patiño, a quien visitó en su propia casa para hablar de una operación contra 14 personas del Fondo Ganadero de Córdoba.
Así mimso, se estableció que en dicha reunión terminó por solicitarle que suspendiera la orden de captura que emitió contra el empresario y exdirectivo del Fondo Ganadero de Córdoba Luis Gonzalo Gallo Restrepo.
Según la Corte en dicha reunión del 8 de febrero de 2014 el entonces director de la Policía Nacional “invocó la importancia social del empresario y sus vínculos con altos dirigentes Como el expresidente Andrés Pastrana y el presidente del Banco Mundial Para justificar su intervención.
Los magistrados confirmaron que el general retirado se aprovechó de su rol funcional para favorecer a un particular cuando su deber era cumplir la orden emitida por la autoridad judicial competente: “optó por abogar en favor de un particular sin importarle que con su comportamiento podría generar impunidad, pues el procesado estaba siendo investigado por delitos graves como concierto para delinquir por promover grupos paramilitares y desplazamiento forzado al despojar a familias campesinas de sus tierras, crimen éste de lesa humanidad”.
La Corte determinó que con la visita del general (r) a la casa de la fiscal no solo la presionó, sino que la intimidó, hasta el punto que la funcionaria, aunque hizo efectiva la captura, luego de escuchar en indagatoria a Luis Gonzalo Gallo Restrepo, lo dejó en libertad.
“Sin corroborar la prueba de descargo, entorpeciéndose la función judicial que debe ser imparcial, generando en la sociedad la impresión equivocada de que las autoridades favorecen a los procesados recomendados según la clase social a la que pertenecen y que la justicia es para los de ruana”, se señala en la condena.
También se advirtió que las actuaciones del general (r) Palomino tuvieron un impacto en la sociedad y en los integrantes de la Policía Nacional “quienes esperan que su máximo jerarca obre con decoro, pulcritud y transparencia, pues lo que debió fue colaborar con la funcionaria judicial y no ponerse al margen de la Constitución y de la Ley en beneficio de intereses mezquinos, para tratar de impedir que la aprehensión se cumpliera”.
La Corte Suprema enfatizó en la sentencia: “Palomino López conocía con suficiencia la ilicitud del comportamiento que estaba desplegando, máxime que ostentaba la más alta dignidad al interior de la Policía lo cual le permitía determinar con facilidad, lo ilegal que resultaba influenciar a otro servidor público, como ocurrió en el presente caso a una Fiscal Delegada”, enfatizó la Corte Suprema.
El delegado de la Procuraduría General también anunció que apelará esta condena ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.