JEP ordena la libertad del general (r) Jesus Arias Cabrales

Arias fue condenado por los desaparecidos del Palacio de Justicia.
GENERAL RETIRADO JESUS ARMANDO ARIAS CABRALES
GENERAL RETIRADO JESUS ARMANDO ARIAS CABRALES. Crédito: Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) avaló el sometimiento del general (r) Jesús Armando Cabrales, condenado a 35 años de prisión por su responsabilidad en la desaparición forzada de varios empleados de la cafetería, visitantes ocasionales y la guerrillera Irma Franco durante la operación de recuperación del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985.

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El excomandante de la Brigada XIII del Ejército Nacional se sometió en noviembre pasado a la JEP argumentando que los hechos por los que fue investigado y condenado en la justicia ordinaria tienen una relación directa con el conflicto armado interno.

El oficial en retiro, quien se encuentra privado de su libertad desde octubre de 2008, fue sentenciado por haber tenido conocimiento preciso del traslado de un grupo de personas hasta la Casa Museo del Florero para ser sometidos a interrogatorios tras ser señalados de participar en la toma del Palacio ejecutada por el M-19.

Siendo el comandante del operativo militar para la recuperación de la sede judicial, el general Arias fue sentenciado por tener conocimiento claro y preciso se todas las actividades que adelantaron sus subalternos.

Debido a esto, en 2011 fue condenado a 35 años de prisión por un juzgado de Bogotá por su responsabilidad en el delito de desaparición forzada en calidad de coautor, fallo que fue ratificado en 2015 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y la Corte Suprema de Justicia en septiembre de 2019.

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Este viernes, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP determinó que el caso el general en retiro cumple con todos los requisitos, esto es que se trata de un miembro de la Fuerza Pública, que los hechos ocurrieron antes del 1 de diciembre de 2016 y que tienen relación directa con el conflicto armado interno, presente para el año de 1985.

Asimismo, la Sala consideró que se cumplen los supuestos legales para la adjudicación de la libertad transitoria, condicionada y anticipada en favor del excomandante de la Brigada XII.

En su decisión, la Sala advirtió que el beneficio concedido "se encuentra comprendido dentro del tratamiento penal diferenciado para agentes del Estado miembros de la fuerza pública y su adjudicación no resuelve de manera definitiva la situación jurídica del general (r) Arias Cabrales, dado el carácter provisional que tiene dicho beneficio en la justicia transicional.

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El oficial en retiro, el militar de más alto rango condenado por los hechos del Palacio de Justicia, deberá presentar un compromiso claro, concreto y programado de contribuciones para satisfacer los derechos a la verdad, reparación inmaterial y no repetición que desarrolla el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

El general (r) Arias deberá indicar cuál fue la suerte que corrieron las víctimas momentos previos a su desaparición, suministrar información concreta y específica que lleve a establecer la localización y/o el paradero de los cuerpos de las víctimas por las cuales fue condenado y de las demás personas desaparecidas de manera forzada.

En la decisión, la Sala advierte que en caso de que el compareciente incumpliese las obligaciones adquiridas con la Jurisdicción o de no presentar la propuesta de régimen de condicionalidad, el beneficio concedido debe ser revocado.


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