Corte Constitucional avaló adopción por parte de parejas del mismo sexo

Con 6 votos a favor y 2 en contra, el alto tribunal avaló la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo.
Archivo La FM
Crédito: La FM

La sala plena de La Corte Constitucional decidió que las parejas del mismo sexo podrán adoptar sin la necesidad de que alguno de los padres sea el biológico.

La decisión fue avalada tras una votación de 6 votos a favor y 2 en contra. De esta manera, los magistrados le dijeron sí a la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio.

Solo los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Eduardo Mendoza votaron en contra.


Iván Rendón y Tomás Caballero, listos para adoptar una niña



Hay que recordar que el año pasado la Corte Constitucional había aprobado que las parejas del mismo sexo podrían adoptar siempre y cuando uno de los dos fuera el padre biológico del menor.

Con la determinación del alto tribunal, se elimina cualquier restricción para que parejas del mismo sexo puedan adoptar.

La única condición que tendrán las parejas homosexuales será contar con una estabilidad económica y una relación estable afectiva entre la pareja adoptante.

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Los magistrados sostuvieron que las parejas del mismo sexo sí pueden adoptar menores, bajo la premisa de la protección que se deben otorgar a los niños. De igual forma, argumentaron el derecho que los niños tienen a crecer dentro de una familia sin importar la condición sexual de sus padres adoptivos.

La tutela fue interpuesta por el profesor universitario Sergio Estrada, quien sostuvo que en Colombia debían garantizarse los derechos de los niños a tener una familia, y la condición sexual de los adoptantes no podía ser pretexto para la no adopción de los menores que están en situación de abandono.

Con la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, se estudió la demanda parcial contra los artículos 64, 66 y 68 de la Ley 1098 de 2006, conocida como la Ley de Infancia y Adolescencia.


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