JEP imputó cargos al coronel (r) Moncayo por crímenes de lesa humanidad

El coronel Moncayo estuvo adscrito al Batallón de Infantería No. 26 “Cacique Pigoanza”.
De izquierda a derecha magistrados de la JEP Alejandro Ramelli, Roberto Vidal, Óscar Parra y Catalina Díaz
De izquierda a derecha magistrados de la JEP Alejandro Ramelli, Roberto Vidal, Óscar Parra y Catalina Díaz Crédito: LA FM de RCN

La Justicia Especial para la Paz, JEP, imputó al coronel (r) Fernando Moncayo Guancha, los crímenes de guerra y de lesa humanidad de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, en calidad de coautor.

La Sala de Reconocimiento de dicha jurisdicción reveló que la imputación se suma a la de otros 35 miembros de la fuerza pública que fueron hallados como máximos responsables por 'falsos positivos' cometidos en el departamento del Huila.

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El coronel Moncayo estuvo adscrito al Batallón de Infantería No. 26 “Cacique Pigoanza”, entre el 19 de mayo de 2006 y el 20 de agosto de 2008 y se desempeñó como comandante de compañía, oficial de operaciones y segundo comandante, bajo los grados de capitán y mayor.

Los delegados de la JEP en este caso, recopilaron documentos provenientes de los archivos operacionales, de inteligencia, de ayudantía y comando, que sirvieron como soporte de las acciones militares en las que se perpetraron los homicidios y las desapariciones forzadas investigadas.

El coronel en retiro tendrá a partir de la fecha 30 días hábiles para presentar su reconocimiento de responsabilidad por escrito.

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Igualmente, la sala de Reconocimiento ordenó la práctica de inspecciones judiciales a procesos de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de las fiscalías 114, 115 y 116 Especializadas contra las violaciones a los derechos humanos de la ciudad de Neiva y 40 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la ciudad de Bogotá.

La JEP ordenó también poner a disposición de las víctimas acreditadas dentro del caso 03 y de la Procuraduría Delegada con funciones de Coordinación de la Intervención ante la JEP, los hechos y conductas determinados por dicha Sala, así como el subcaso Huila 081 del 2023, para que cuenten con la oportunidad procesal para pronunciarse sobre estos hechos.


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