Los límites del Consejo de Estado a demandas contra la Nación por capturas injustas

El Alto Tribunal dice que no en todos los casos el Estado debe reparar a la víctima
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La Sijín recuperó 24 bicicletas. Crédito: cortesía Policía

El Consejo de Estado unificó la jurisprudencia sobre las demandas contra la Nación por privaciones injustas de la libertad y puso límites a las mismas.

El Alto Tribunal determinó que no en todos los casos el Estado debe indemnizar a una persona que haya estado privada de la libertad y que haya terminado absuelta del proceso penal.

De acuerdo con la sentencia, sólo existen tres motivos por los cuales el Estado debe indemnizar a la víctima:

  • Cuando el hecho investigado no existió
  • Cuando la víctima no era constitutivo de delito
  • Cuando el sindicado no lo cometió por preclusión de la investigación por demostrarse alguna causal de exoneración de responsabilidad penal

El Consejo de Estado determinó que cuando una persona demanda a la Nación en busca de una indemnización por una privación injusta de la libertad, ésta debe “demostrar que el daño por el que reclama tiene la connotación de antijurídico”.

Lo anterior quiere decir que cuando existan indicios contra una persona de que el delito penal sí ocurrió, no habría cabida para una reparación.

Es una carga que todas las personas deben soportar por igual, de manera que la absolución final no es indicativa de que hubo algo indebido en la detención”, puntualiza la sala.

La determinación se tomó al estudiar el caso de una mujer, quien fue absuelta de un proceso penal por presunta trata de personas y demandó a la Nación exigiendo una millonaria indemnización.

En el mismo sentido, la Corte Constitucional ha dicho que el Estado solo debe responder económicamente por privación injusta de la libertad, cuando la persona que pide la indemnización es declarada inocente.

Sobre las demandas a la Nación por privación injusta de la libertad, según datos que guarda la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, entre en 2016 y el primer semestre de 2018, la Fiscalía ha sido declarada responsable por condenas que suma más de un billón de pesos.

Según la entidad, la privación injusta de la libertad es la sexta causa más frecuente por la cual se demanda al Estado y la tercera más cuantiosa.

Señaló que a junio de 2018 se están tramitando 16.509 de estos procesos contra el Estado colombiano, cuyas pretensiones ascienden a más de 23 billones de pesos.


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