Atentado al Club El Nogal: La Nación se salva de pagar millonaria demanda a víctimas

La decisión del Consejo de Estado concluyó que la responsabilidad de este atentado fue exclusiva de las extintas Farc.
Así se veía el Club El Nogal poco después del atentado de febrero de 2003
Así se veía el Club El Nogal poco después del atentado de febrero de 2003 Crédito: Colprensa

Los magistrados del Consejo de Estado absolvieron de responsabilidad a la Nación en la demanda que había sido interpuesta en su contra por varias víctimas del atentado terrorista cometido por las antiguas Farc contra las instalaciones del Club El Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003, dejó como saldo la muerte de 36 personas y más de 200 heridas.

Luego de agotarse todo un debate judicial que pasó por varios escenarios e instancias, hasta llegar incluso a la Corte Constitucional, la Sección Tercera del Consejo Estado dictó la sentencia de reemplazo en torno a estos hechos.

En esta nueva decisión, el Consejo de Estado precisó que “no puede condenarse al Estado por su sola existencia”, argumentando que las entidades públicas demandadas no tuvieron ninguna participación causal en los hechos, ni por acción, ni por omisión.

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Los magistrados concluyeron que este atentado se constituyó en un grave episodio, exclusivamente atribuible a las antiguas Farc.

En este proceso judicial fueron absueltas de responsabilidad al Ministerio de Defensa Nacional, a la Policía Nacional, al Ministerio del Interior, a la Fiscalía General de la Nación y al extinto Departamento Administrativo de Seguridad, por considerar que ninguna de estas entidades públicas “tuvieron incidencia causal en la producción del daño”.

En cumplimiento del fallo de la Corte Constitucional, la Subsección “B” Sección Tercera del Consejo de Estado profirió la sentencia de reemplazo, siguiendo esta vez el precedente judicial fijado en la sentencia del 20 de junio de 2017 de la Sala Plena de la Sección Tercera de la misma Corporación judicial.

Este éxito empezó a generarse con el resultado obtenido en sede de tutela en la Corte Constitucional, que mediante sentencia de 2020 dejó sin efectos otra sentencia del 16 de agosto de 2018, proferida tras desconocerse el precedente judicial fijado por la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado frente a casos de responsabilidad estatal por actos violentos perpetrados por terceros.

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“Esta victoria judicial, que contó con la decidida intervención de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y la participación activa de las entidades públicas demandadas, es el resultado del rigor jurídico aplicado y de la articulación estatal para su defensa”, señaló la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.


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