Vuelven a suspender uso de gases lacrimógenos durante protestas

Dicha prohibición se mantendrá mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno.
Esmad, disturbios en Banderas, Bogotá
Al agotarse la vía de diálogo y el protocolo implementado, la alcaldesa Claudia López ordenó la intervención del Esmad. Crédito: Sistema Integrado Digital - Inaldo Pérez

El juzgado quinto laboral de Bogotá ordenó nuevamente la suspensión del uso de gases lacrimógenos para controlar desmanes en medio de la protestas mientras dura la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional.

La decisión fue adoptada luego que el Tribunal Superior de Bogotá suspendiera los efectos del fallo emitido por ese mismo despacho judicial argumentado que primero debían ser tenidos en cuenta otros conceptos científicos y las posturas de los ministerio de Salud del Interior.

Tras una nueva revisión, el juez determinó mantenerse en su decisión de primera instancia ordenando así la suspensión del uso de gases lacrimógenos en medio de las manifestaciones.

En contexto: Tumban fallo que prohibía gases lacrimógenos en protestas

“Resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse de Covid”, precisa uno de los apartes de la decisión.

La tutela fue instaurada por Matheo Augusto Rincón Galvis quien alegó la vulneración a los derechos fundamentales a la vida, integridad personal y salud.

“Ordenar, de forma inmediata, al presidente de la República y al Ministerio de Defensa Nacional y Policía Nacional que suspenda el uso de los agentes químicos, a) Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido; b) Granadas con carga química CS, OC; c) Granadas fumígenas; d) Cartuchos con carga química CS, OC y, e) Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante”, indica el fallo.

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“Exhortar al presidente de la República al Ministerio de Defensa Nacional y Policía Nacional para que, en el marco de la reglamentación ordenada en sentencia STC7641-2020, se debata y analice seriamente la necesidad de mantener el uso de agentes químicos o determinar su prohibición absoluta”, agrega la decisión.


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