Oleada de demandas por traslados de régimen pensional

Ese tribunal advierte que en los últimos años se han registrado más de 17 mil casos.
Pensionados
Ministra de Trabajo, Alicia Arango asegura que no se aumentará la edad de pensión. Crédito: Colprensa

La Corte Suprema de Justicia alertó por el incremento de las demandas por traslados de régimen pensional, tras haber fallado a favor de una mujer a quien le habían negado el pago de su mesada.

De acuerdo con el presidente de la sala laboral, magistrado Rigoberto Echeverry, en los últimos dos años se han registrado más de 17 mil demandas de ese tipo.

“En los últimos años hemos visto un aumento grande de estos temas, ante los tribunales y ante la Corte; el problema es grave para el país porque algunos hablan de 17 mil demandas sobre este tema”, dijo.

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El magistrado advirtió que en muchos casos, los fondos de pensiones no cumplen a cabalidad con su labor de informar de manera transparente e integral a las personas que quieran hacer el traslado de fondo.

“El traslado de fondos es una decisión que implica mucho y que es compleja, entonces, en el momento de hacer el traslado la persona no necesariamente estar completamente consciente de todas las implicaciones por la complejidad”, dijo el magistrado.

Cabe mencionar que el caso que analizó la Corte Suprema fue el de una mujer de 65 años que no le pagaron su pensión, porque cuando era más joven hizo cambios de régimen pensional, lo que llevó a que renunciara a la transición pensional contemplada en la ley 100 de 1993.

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Al fallar la sentencia, ese tribunal advirtió que cualquier persona que desee cambiar de fondo de pensiones tiene derecho a recibir información oportuna y completa tanto del régimen estatal como del privado, para facilitar la toma de decisiones.

La sala laboral de la Corte advirtió que en cualquier tipo de estos casos, los jueces deberán analizar si el fondo de pensiones “cumplió de forma oportuna, clara, concreta y suficiente, su deber de información”, tras revisar si se cumplió con la doble asesoría para el interesado en la afiliación.

La Corte Suprema advirtió que si bien el cambio de fondo de pensiones es voluntario, cada entidad tiene la obligación y el deber de brindar de forma oportuna y transparente, "la información suficiente que permitiera al afiliado elegir entre las distintas opciones posibles en el mercado aquella que mejor se ajustara a sus intereses”.


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