Breadcrumb node

Magistrado de la Corte Suprema criticó fallo sobre el ‘petrovideo’

Para el togado, no se debió analizar la fecha del video porque ese mismo fue grabado ilegalmente.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Junio 18, 2021 - 14:30
Gustavo Petro, congresista
Gustavo Petro, congresista
Foto de Colprensa

El magistrado Misael Rodríguez, de la Corte Suprema de Justicia, quien fuera el ponente del proceso contra el senador Gustavo Petro por el denominado ‘petrovideo’, hizo fuertes críticas a sus compañeros de sala especial de instrucción, por cómo se evaluó el caso para tomar la decisión que terminó favoreciendo al congresista. 

Para el magistrado, la Sala se equivocó al iniciar una investigación contra Petro y realizar la evaluación del caso, por la fecha en la cual se grabó el video que, según el magistrado, en sí mismo como prueba era ilegal, por cómo se grabó por Juan Carlos Montes, amigo de Petro.

Lea en contexto: CNE archivó investigación a Gustavo Petro por el 'petrovideo'

La ilicitud del video proscribe cualquier pronunciamiento de fondo (…) como regla general, ese tipo de grabaciones tienen que contar con el consentimiento del titular del derecho a la intimidad en cuestión”, dijo el magistrado para quien se afectó la intimidad de Petro.

Por lo cual, para el magistrado, la Corte ni siquiera debió abrirle investigación al senador, “ese documento audiovisual, que ha sido ampliamente difundido por los medios de comunicación, constituye una prueba ilícita y, por lo tanto, nula de pleno derecho, por lo que no podía cimentarse una investigación penal”

Y añade que “lo que se registra es una acción en la que participan los dos y que no estaba llamada a ser conocida por nadie más que sus participantes; por el otro, no ha sido Montes Fernández, el receptor de información, quien ha puesto en conocimiento de las autoridades el video, sino que éste fue obtenido sin su consentimiento (…) la prueba ha sido creada con violación al derecho fundamental a la intimidad”.

El magistrado también se pronunció de manera fuerte sobre la denuncia del abogado Abelardo de la Espriella, quien dijo a la Corte que los dineros que recibió Petro tendrían procedencia del narcotráfico. 

Para el magistrado, esos argumentos carecen de pruebas, “los hechos que ponen en conocimiento de las autoridades no sólo carecen de cualquier carácter vinculante, sino que ni siquiera deben ser objeto de respuesta”.

Le puede interesar: Corte Constitucional ordena que Fiscalía asuma investigación por caso Dilan Cruz

Este salvamento de voto se conoce tras la decisión de la Corte de cerrar la investigación por falta de pruebas contra el senador Petro y comprobar que el video se grabó en el 2005 y no en el 2009 como decían las denuncias en su contra. 

La defensa de Petro ya anunció que estudia acciones penales contra los senadores y el abogado que denunció a su cliente.

Fuente:
Sistema Integrado de Información