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Corte dice que el DANE debe hacer seguimiento a los precios de la canasta familiar

De llegarse a presentar casos de aumentos injustificados la Superindustria deberá actuar, según el decreto presidencial

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Actualizado:
Jueves, Junio 25, 2020 - 20:00
Foto ilustrativa de la canasta familiar
Colprensa

La Corte Constitucional aprobó el decreto 507 de 2020 que, “adopta medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica y otros productos de primera necesidad en época de pandemia por el coronavirus".

La aprobación del decreto se dio con una votación 6 – 3 y ordena que las medidas en él tengan efecto hasta por un año, "ya que la expresión producirá efectos mientras perduren las causas que motivaron la declaratoria del Estado de Emergencia". 

La Corte consideró que el decreto crea un sistema,  “a partir de mecanismos existentes, cuya integración y coordinación permite (…) garantizar el acceso de los habitantes del territorio nacional y, en particular, de los hogares más vulnerables, a los productos de la canasta básica y a los medicamentos y dispositivos médicos”.

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En el decreto se establece que los Ministerios de Salud, Comercio y Agricultura deberán fijar los listados de productos de primera necesidad mientras dura la emergencia.

Mientras que la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, deberá fijar los precios máximos de venta al público,  “para aquellos productos que se consideren de primera necesidad”

El Dane según la Corte deberá encargarse de hacer un seguimiento cada cinco días a los precios de los listados de productos de primera necesidad, incluida la canasta familiar.

El decreto dice que si el Dane encuentra algún tipo de variación o aumento de precio injustificado,  deberá reportarlo a la Superintendencia de Industria y Comercio para que tome medidas.

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Además señaló la Corte, el Dane deberá publicar cada cinco días los precios de los productos de primera necesidad “información que a su  vez deberá ser publicada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y la Superintendencia de Industria y Comercio, a través sus páginas web y redes sociales”.

Estas medidas se tomaron después de que la presidencia conociera un informe del Dane que mostraba diferencias absurdas en los precios de los productos de la canasta familiar entre las semanas del 14 al 20 de marzo de 2020, frente a la semana del 21 al 25 de marzo de 2020.

Esas diferencias de precios se dieron en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Pereira y Bucaramanga en donde hubo un aumento de hasta 140% en el precio del tomate chonto o de 25% en el pimentón.

Por su parte, los gobernadores y alcaldes del país también deberán apoyar la función de inspección, vigilancia y control.

variación de precios durante la pandemia
variación de precios durante la pandemia
Decreto presidencial DANE
Fuente:
Sistema Integrado de Información