Corte Constitucional sentaría precedente frente al derecho a la pensión para mujeres trans

El alto tribunal escogió para su estudio el caso de una mujer trans que entuteló a Colpensiones por negarle su pensión.
Comunidad LGBTI
Crédito: Colombia Diversa

En medio del reciente debate en el Congreso de la República por el régimen pensional, la Corte Constitucional se apresta a tomar una decisión que sería determinante para los derechos de la población LGBTI.

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El alto tribunal evalúa una acción de tutela presentada por una mujer transexual para que Colpensiones le reconociera su nuevo género y le permitiera acceder a la pensión a los 57 años de edad como lo señala la ley.

En la acción judicial se señala que en el año 2015 la mujer formalizó su cambio de sexo y adelantó todos los trámites exigidos. Tras llegar a la edad legal para pensionarse adelantó todo el papeleo pero Colpensiones le negó la pensión señalando que el documento de identidad como tal no tiene fines pensionales.

En dos instancias las autoridades judiciales aceptaron sus argumentos y le ordenaron a Colpensiones que siga con el trámite exigido. Debido a la complejidad del caso y a lo que representa para una población minoritaria la Corte Constitucional lo seleccionó para su estudio,

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En el marco da discusión, la ONG Dejusticia presentó su concepto señalando que el alto tribunal debe sentar un precedente para reconocer los derechos de las mujeres trans. En este punto se indica que la pensión, al ser una figura que genera un trato diferenciado según el sexo, debe garantizarse según la construcción identitaria de la persona, siempre y cuando esta se vea reflejada en su Registro Civil.

Teniendo en cuenta las dificultades que tiene esta población a la hora del reconocimiento de sus derechos y a las innumerables trabas que se les presentan en su camino para acceder una pensión se debe sentar jurisprudencia.

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En el concepto se indica que las mujeres trans, en especial, son víctimas de discriminación y maltrato laboral lo que les dificulta adelantar un trámite pensional. Las cifras de desempleo para esta población son muy altas -40% según un informe del Cntro Nacional de Consultoría en el 2019-.

Frente a estos hechos se señala que la Corte debe tomar medidas de fondo para garantizar el acceso igualitario a la pensión. Para esto se debe exhortar a Colpensiones a emitir un acto administrativo que aclare que las mujeres trans tienen derecho a que se les apliquen los requisitos de pensión de las mujeres cisgénero en Colombia.

Para Dejusticia no existe evidencia de un daño patrimonial si se avala que todas las mujeres trans se pensionen a la edad de pensión de las mujeres cisgénero ni que se pueda prestar para un uso fraudulento de esta forma de pensión.


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