Congreso aprobó reforma al Código de Policía

Con varios artículos polémicos, la Cámara de Representantes dio vía libre a la actualización para la entidad.
Archivo La FM
Crédito: La FM

Después de 45 años el Código de Policía recibió la noche de este jueves una reforma estructural para que esa entidad tenga nuevas herramientas para proteger a los colombianos.

El trámite no fue fácil por varios artículos que generaron polémica en su estudio, pero más aún con la aprobación y entrada en vigencia que será próximamente.

La plenaria, con 91 votos a favor y 3 en contra, dio vía libre a la reforma que buscará regular la convivencia en todos los sectores del país. Sin embargo, algunos legisladores indican que se podría convertir en una especie de superpoderes para la Policía Nacional.

Dentro de lo aprobado se destaca el artículo que permite a la Policía el ingreso a las residencias sin autorización judicial, punto que genera controversia por considerar que se pueden presentar abusos de autoridad por parte de los uniformados.

Según el articulado, la Policía podrá penetrar en los domicilios, "sin mandamiento escrito, cuando fuere de imperiosa necesidad":

1. Para socorrer a alguien que de alguna manera pida auxilio;

2. Para extinguir incendio o evitar su propagación o remediar inundación o conjurar cualquier otra situación similar de peligro;

3. Para dar caza a animal rabioso o feroz;

4. Para proteger los bienes de personas ausentes, cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente o por cualquier otro medio al domicilio de estas personas.

5. Cuando desde el interior de una casa o edificio se proceda por la vía de hecho contra persona o propiedad que se halle fuera de éstos.

6. Para proteger la vida e integridad de las personas, si en el interior del inmueble o domicilio se están manipulando o usando fuegos pirotécnicos, juegos artificiales, pólvora o globos sin el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.

Otro punto polémico es el "uso de la fuerza" por parte de la Policía, ya que aunque quedó claro que debe ser de manera racional, no queda claro en qué momento y en qué casos los uniformados podrán acudir a esa instancia, es decir cada uniformado tendrá la potestad de definir cuándo hará "uso de la fuerza".

La Policía también podrá conducir a una persona cuando esté en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias psicoactivas, pero tampoco determina cuando se podrá o no hacer ese "traslado preventivo".

Otro punto polémico es el que permite a la Policía "ejercer el control en el ingreso o salida de las salas de cine o sitios abiertos al público, para verificar que las personas asistentes correspondan a la clasificación que determina el Comité de Clasificación de Películas”.

Aunque de los 242 artículos, la gran mayoría generaron controversia, es cierto que hay otros que regulan la convivencia y temas de seguridad que son necesarios para el país.

Por ejemplo, se prohibieron las peleas de perros como espectáculo, además, los dueños de mascotas se multarán con cuatro salarios mínimos legales vigentes por no recoger los excrementos de los animales.

Habrá prohibición expresa para pintar las paredes, sanciones por llamadas de falsa alarma al 123 y un cuidado del espacio publico, evitando la presencia de vendedores ambulantes en la calle.

En la actualización del Código de Policía se dio herramientas a los uniformados para que puedan actuar en casos de riñas, excesos de ruido, allanamientos, invasión de espacio público y acciones que afecten la convivencia de la ciudadanía.

Ahora la iniciativa pasará a conciliación y posteriormente entrará en vigencia.

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Valesca Alvarado Ríos.



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