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Así puede denunciar un caso de violencia contra la mujer

Por temor a represalias, a ser revictimizadas o por desconocimiento del aparato judicial, muchas víctimas prefieren callar.

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Actualizado:
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 17:26
Los hechos ocurrieron en el sector residencial El Vergel.
Los hechos ocurrieron en el sector residencial El Vergel.
Imagen de referencia de Ingimage

No hay un día sin que se presente una denuncia o un reporte de violencia contra la mujer en Colombia. En todos los rincones del país, según advierten las autoridades y los centros de atención encargados, se registra una agresión verbal o física.

Pese al aumento de los casos, la mayoría de las agresiones nunca salen a la luz. Muchas mujeres, pese a sufrir el yugo de estos ataques, prefieren callar por miedo a represalias de sus agresores o por desconocimiento del aparato judicial colombiano.

Cuando toman la decisión de denunciar y exponer su caso una serie de grandes preguntas e interrogantes nubla sus mentes. ¿Cómo lo hago? ¿A quién acudo? ¿Qué tengo que hacer?

Los expertos coinciden en que la falta de conocimiento para presentar una querella o el desconocimiento de hacer respetar sus derechos son una ventana abierta para que se sigan cometiendo estas agresiones.

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El abogado penalista Francisco Bernate explica que las mujeres víctimas de este tipo de casos deben presentar una denuncia verbal y/o escrita ante una estación de Policía o ante la Fiscalía General y su unidad especializada.

Bernate recuerda que todos los casos son diferentes, por lo que las víctimas deben dar un relato pormenorizado del tiempo, modo y lugar, entregar detalles para individualizar al agresor –o los agresores- y pedir una medida de protección para ella y su entorno familiar. 

El abogado reitera que la ley colombiana ha tenido importantes avances en los últimos años, hecho por el cual no es necesario ahora que la víctima directa sea la que acuda a presentar una denuncia. Un testigo o un familiar o amigo cercano, que tenga conocimiento del hecho, puede radicar la querella.

“Este tipo de procesos se pueden iniciar o por petición de la víctima o porque la autoridad tiene conocimiento de estos hechos por cualquier otro medio. Entonces, no es indispensable que la víctima denuncie y en un elemental ejercicio de solidaridad, cuando tengamos detalles y sea un hecho que se pueda verificar debemos ponerlo en conocimiento”, explicó.

Igualmente, la ley señala que después de presentada la denuncia, pese a que exista una retractación de la querellante o la petición de un archivo, las autoridades judiciales tienen la obligación de seguir con el proceso judicial. Se determinó que muchas veces estas acciones se presentaban por las presiones ejercidas a la mujer por parte de su agresor, que en la mayoría de las situaciones es su pareja sentimental o una persona cercana. 

Por su parte, la abogada Cristina Rosero manifestó que existen organizaciones defensoras de los derechos de la mujer que están capacitadas para dar asesoría gratuita a las mujeres que sufren este tipo de agresiones, con el fin de presentar las respectivas denuncias.

En los últimos años se han conformado y fortalecido las secretarias de la Mujer, las cuales cuentan con un equipo jurídico que tiene la capacidad para atender estos casos y dar una asesoría detallada sobre los casos que se deben seguir. Recuerde que en muchos casos, han sido las abogadas quienes han asumido el poder y representación incluso en complejos procesos judiciales.

Antes, no existían las herramientas y las leyes eran muy laxas para la protección de la mujer en este tipo de casos. La expedición de la ley 1716 de 2015 (más conocida como la ley Rosa Elvira Cely) le entregó al aparato judicial “dientes” para fortalecer y aumentar las medidas de protección para la mujer y ampliar las condenas contra los victimarios.

Sin embargo, la jurista hizo un llamado de atención por las falencias de muchos jueces en la aplicación de este tipo de leyes, reconociendo que en algunos casos se presenta una revictimización a la mujer y un desconocimiento a la gravedad de los hechos.

Fuente:
Sistema Integrado Digital