Días en los que los trabajadores colombianos podrán descansar aparte de los festivos

Estos son los días libres remunerados que podrá pedir en todo el 2024.
Días en los que los trabajadores colombianos podrán descansar aparte de los festivos
Días en los que los trabajadores colombianos podrán descansar aparte de los festivos Crédito: Pexels

Este nuevo 2024 trajo consigo, como es costumbre, miles de interrogantes acerca de los derechos laborales que tendrán los colombianos. Uno de los más relevantes datos que quieren conocer todos los empleados son los días de descanso que tendrá.

Según la Ley 2101 de 2021, vigente en Colombia desde el 15 de julio de 2023, se estipula la reducción de la jornada laboral para los empleados formales, además de tocar otros aspectos como los días compensatorios y diversos temas relacionados.

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No obstante, esta reducción conlleva la pérdida de un beneficio anual: el 'día de la familia', que implicaba un día de descanso remunerado. Sin embargo, a pesar de ello, algunas empresas optan por mantener este beneficio.

Adicionalmente, más allá de la legislación mencionada, el Código Sustantivo del Trabajo establece otros días de descanso remunerado que los empleadores deben garantizar a sus empleados. Estos incluyen:

  1. Pago adicional por trabajar domingos y festivos.
  2. Descansos electorales: los empleados que actúan como jurados de votación tienen derecho a un día remunerado completo, mientras que los votantes pueden reclamar medio día de descanso presentando su certificado de votación.
  3. Pausas activas durante la jornada laboral como días de descanso.
  4. Días compensatorios por trabajar los domingos.
  5. Medio día de descanso para quienes utilizan la bicicleta como medio de transporte al trabajo.

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¿Cómo funcionan los días compensatorios por trabajar los domingos?

  • Trabajo ocasional los domingos: Cuando el empleado trabaja dos domingos o menos al mes, puede elegir entre recibir una compensación financiera equivalente al 1,75 % de su salario mensual o disfrutar de un día de descanso compensatorio por el domingo trabajado.
  • Trabajo todos los domingos del mes: Cuando el trabajador tiene esta jornada de manera constante, el empleador debe otorgarle una compensación financiera del 1,75 % de su salario mensual y también un día de descanso en la semana siguiente al domingo trabajado.

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