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Trabajadores por prestación de servicios en Colombia tienen nuevo beneficio con la reforma laboral

La nueva reforma laboral en Colombia introduce cambios clave en contratos, jornada nocturna y derechos sindicales que impactan a trabajadores y empresas.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Septiembre 30, 2025 - 21:31
Reforma laboral
Implementación de la nueva reforma laboral en Colombia trae cambios significativos en las condiciones de empleo con aumento de jornada nocturna y remuneración por domingos y festivos.
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El pasado 25 de junio entró en vigencia la Ley 2466 de 2025, que implementa la nueva reforma laboral en Colombia y trae cambios significativos en las condiciones de empleo. Entre las modificaciones más relevantes se encuentra el aumento de la jornada nocturna, que ahora iniciará a las 7:00 p.m. y finalizará a las 6:00 a.m., generando mayores ingresos para los trabajadores nocturnos y costos adicionales para las empresas.

Asimismo, la remuneración por trabajar domingos y festivos se elevó del 75% al 100% sobre el salario ordinario. La reforma también amplía los derechos de los sindicatos y limita la tercerización de labores misionales permanentes. Sin embargo, algunas de estas medidas se implementarán de manera gradual.

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Trabajador nocturno
Con la reforma laboral, la jornada nocturna inciará a las 7:00 p.m. y no a las 9:00 p.m.
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Nuevo beneficio para trabajadores con contratos de prestación de servicios

Uno de los cambios más importantes de la reforma es la regulación de los contratos a término fijo. La ley elimina la posibilidad de renovarlos indefinidamente y establece un límite máximo de cuatro años, sumando el término inicial y todas sus prórrogas. Si se supera este límite, el contrato se convierte automáticamente en contrato a término indefinido, reconociendo la antigüedad desde el primer día de vinculación.

Nicolás Rico Álvarez, socio y líder de la Unidad de Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó a La FM que “anteriormente la ley permitía que los contratos a término fijo se prorrogaran sin límite de tiempo, generando vinculaciones que en algunos casos se extendían hasta 30 años. La reforma busca poner fin a esta 'desnaturalización' de la temporalidad, que generaba zozobra en los trabajadores sobre la continuidad de su empleo año tras año”.

Contrato
Con la reforma laboral, los contratos a término fijo ya no se podrán renovar indefinidamente, sino que tendrán un límite de cuatro años.
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Prórroga pactada v.s prórroga automática

El profesor detalló que la nueva normativa diferencia entre prórrogas pactadas y automáticas:

  • En las prórrogas pactadas, un contrato inferior a un año puede renovarse hasta cuatro veces, siempre y cuando no exceda el límite de cuatro años.
  • En las prórrogas automáticas, el contrato solo puede renovarse tres veces por el mismo término, y al superar la cuarta prórroga pasa a un año, respetando igualmente el límite máximo de cuatro años.

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Rico Álvarez destacó que la reforma también protege a los trabajadores de prácticas abusivas, como la interrupción artificial de contratos para evitar la conversión a indefinido. “Si un empleador intenta cortar la continuidad para evitar que el contrato se vuelva indefinido, la norma y la jurisprudencia permiten que se considere una simulación de liquidación, garantizando los derechos del trabajador”, señaló.

El experto también aclaró que la medida no aplica de manera retroactiva: “Los contratos existentes no se vuelven indefinidos de inmediato; a partir del 26 de junio de 2029, cualquier contrato que supere los cuatro años desde esa fecha se convertirá en indefinido, protegiendo así a los empleados en el futuro”.

Fuente:
Sistema Integrado Digital