Calendario tributario octubre: cédulas que deben declarar renta este mes
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) destacó que es el plazo final para presentar la declaración de renta.

Los contribuyentes siguen realizando su proceso de declaración de renta del año gravable 2024-2025. Se espera que para este año sean cerca de 6,7 millones de personas naturales que hagan el proceso con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Con el inicio de octubre se empieza la última etapa del calendario tributario para quienes aún no han hecho el proceso en las fechas destacadas.
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¿Quién debe hacer declaración de renta?
De acuerdo con la entidad, las personas naturales que hayan tenido ingresos iguales o superiores a 1.400 UVT o un patrimonio superior a 4.500 UVT tendrán que realizar la declaración de renta. El valor de la UVT se modifica anualmente.
En caso de no hacer el proceso de manera oportuna, los contribuyentes tendrán que hacer el pago de una sanción por extemporaneidad. El valor de esta sanción es de mínimo $498.000 en 2025.

Calendario tributario: octubre de 2025
El plazo para declarar renta del año gravable 2024-2025 continúa en octubre. Estas son las fechas según los dos últimos dígitos del NIT:
- 1 de octubre: 67-68
- 2 de octubre: 69-70
- 3 de octubre: 71-72
- 6 de octubre: 73-74
- 7 de octubre: 75-76
- 8 de octubre: 77-78
- 9 de octubre: 79-80
- 10 de octubre: 81-82
- 14 de octubre: 83-84
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- 15 de octubre: 85-86
- 16 de octubre: 87-88
- 17 de octubre: 89-90
- 20 de octubre: 91-92
- 21 de octubre: 93-94
- 22 de octubre: 95-96
- 23 de octubre: 97-98
- 24 de octubre: 99-00

Topes para la declaración de renta en 2025
La DIAN definió los parámetros que determinan la obligación de presentar la declaración de renta en el año gravable 2025.
Los contribuyentes deberán presentar la declaración si cumplen con al menos una de las siguientes condiciones:
- El patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 es igual o superior a $211.793.000.
- Los ingresos brutos obtenidos durante el año 2024 superaron los $65.891.000.
- Las compras y consumos, en efectivo o con tarjeta, fueron mayores a $65.891.000.
- Los movimientos acumulados en cuentas bancarias o financieras alcanzaron o sobrepasaron los $65.891.000.
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Estos valores corresponden a los límites establecidos por la entidad para determinar quiénes están obligados a declarar renta en el próximo período fiscal.