La reforma pensional en Colombia se ha convertido en uno de los cambios estructurales más importantes del sistema de protección social en los últimos años. Con el objetivo de ampliar la cobertura, reducir las brechas entre quienes logran pensionarse y quienes no, y garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, el nuevo modelo introduce transformaciones de fondo que impactan directamente a trabajadores activos, pensionados y futuros afiliados.
Uno de los ajustes más relevantes que trae la reforma es la posibilidad de que ciertos cotizantes puedan cambiar de fondo de pensiones y trasladarse a Colpensiones, siempre que cumplan condiciones específicas establecidas en la ley.
¿En qué casos se puede cambiar de fondo de pensión?
La Ley 2381 de 2024 permite el traslado entre regímenes únicamente para algunos afiliados, bajo reglas claras y trámites que, en buena parte, ya existían en la normativa anterior. Uno de los requisitos clave para acceder a este beneficio es haber realizado la doble asesoría, un proceso obligatorio que busca garantizar que la decisión se tome con información completa y comparativa entre el régimen público y el privado.

Régimen de transición: a quiénes aplica
Colpensiones inició un proceso de orientación integral dirigido a las personas que están próximas a cumplir los requisitos para pensionarse. Esta estrategia se enmarca en la implementación del régimen de transición, creado para proteger a quienes se encuentran en una etapa avanzada de su vida laboral.
Según la reforma, podrán acogerse al régimen de transición los trabajadores que, al 30 de junio de 2025, hayan acumulado un número significativo de semanas cotizadas. Este grupo tendrá la opción de cambiar de sistema pensional, siempre que cumpla las condiciones exigidas.
¿Quiénes pueden trasladarse a Colpensiones?
De acuerdo con Colpensiones, el cambio de fondo lo podrán realizar:
- Mujeres con 750 o más semanas cotizadas.
- Hombres con 900 o más semanas cotizadas al 30 de junio de 2025, sin importar la edad.
“Además, las personas que cumplan con estas semanas y tengan 47 años o más (mujeres) o 52 años o más (hombres) podrán beneficiarse de la oportunidad de traslado”, explicó el fondo público.

Fecha límite para solicitar el traslado
Colpensiones informó que el plazo máximo para solicitar el traslado de régimen pensional es el 16 de julio de 2026. Este beneficio está dirigido a cotizantes que se encuentran en la recta final de su vida laboral y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Mujeres: 750 semanas o más cotizadas al 30 de junio de 2025.
- Hombres: 900 semanas o más cotizadas a la misma fecha.
Adicionalmente, podrán acceder quienes ya hayan cumplido la edad mínima de pensión antes de esa fecha, sin necesidad de acreditar semanas adicionales.
¿Qué es la “oportunidad de traslado”?
La ley también creó una figura especial conocida como “oportunidad de traslado”, dirigida a:
- Mujeres de 47 años o más
- Hombres de 52 años o más
Estos afiliados podrán cambiar de régimen —ya sea de fondo privado a Colpensiones o viceversa— si cumplen con las semanas requeridas, incluso si ya alcanzaron la edad mínima de pensión: 57 años para mujeres y 62 para hombres.
Eso sí, para acceder a este beneficio es obligatorio realizar la doble asesoría antes de que se venza el plazo fijado por la reforma.