Se iniciará el cobro a más de 5.000 contratistas del Estado morosos

Según la Dian, se logró identificar cerca de 5.900 contratistas que tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias.
Dinero en Colombia
Dinero en Colombia Crédito: Colprensa

En medio del plan de cobro y fiscalización, la Dian busca la recuperación de cartera de los contribuyentes con contratos vigentes con el Estado.

Según la entidad, se logró identificar cerca de 5.900 contratistas que tienen pendiente el pago de sus obligaciones tributarias, con una cartera cercana a los $1,5 billones.

De acuerdo con la actividad económica desarrollada, cerca del 70% de la cartera de los contratistas deudores se concentran en sectores como actividades financieras y de seguros (41%), Información y comunicaciones (19%) y Comercio al por mayor y al por menor y reparación de vehículos automotores y motocicletas (10%).

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Con respecto a la zona de influencia geográfica y teniendo en cuenta la cartera vencida, el 85% de los contratistas deudores se encuentran en la jurisdicción de las seccionales de Medellín (37%) y Bogotá (15%), mientras que un 33% pertenece a la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes.

Para este último caso, el 99% de los contratistas catalogados como grandes contribuyentes se concentran en Antioquia (55%) y Bogotá (44%).

En cuanto a las acciones de fiscalización, se determinó un universo de contribuyentes, que según el análisis de datos presenta indicios de inexactitud. En consecuencia, se adelantará una jornada de control en diferentes ciudades del país, encaminada especialmente a la verificación de esta y el cumplimiento de las demás obligaciones formales y sustanciales, específicamente de facturación, reporte de información y presentación de declaraciones.

Cabe destacar que el incumplimiento de las obligaciones tributarias acarrea consecuencias fiscales como:

• Denuncia penal por omisión de agente retenedor.

• Denuncia por no cobro o recaudo del IVA.

• Desconocimiento de costos y gastos por no pago de seguridad social.

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Es así como la no consignación de las sumas recaudadas o retenidas por concepto de retención en la fuente, IVA e Impuesto Nacional al Consumo, dentro de los dos meses siguientes al plazo establecido por el Gobierno nacional, constituye el "delito de omisión de agente retenedor, el cual consagra pena de prisión de entre 48 y 108 meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a 1'020.000 UVT".


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