¿Qué debe hacer un pensionado para cobrar la mesada 14 si se la niegan?
En Colombia, hay un grupo de personas que todavía tienen derecho al pago de la mesada 14.

En Colombia, muchas personas todavía reciben la mesada 14, Este es un pago adicional que reciben los pensionados durante el mes de junio y que corresponde al pago de una mensualidad, algo similar a lo que ocurre con la prima de servicios para los trabajadores.
Este beneficio fue creado mediante la Ley 100 de 1993 con el objetivo de que los pensionados cuenten con un ingreso adicional al de su mensualidad para el mes de junio, donde se suelen presentar mayores gastos. Sin embargo, no todos tienen derecho a recibir este pago.
La mesada 14 fue eliminada el 31 de julio de 2011; por lo tanto, algunos pensionados que hacen parte del Régimen de Prima Media (RPM) y que cumplieron con los requisitos para obtener su jubilación antes de esta fecha, todavía son beneficiarios.

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¿Qué grupo de personas todavía reciben la mesada 14 en Colombia?
Según explica el Ministerio de Justicia, los pensionados que todavía pueden acceder a la mesada 14 en Colombia son los siguientes:
- Quienes hayan alcanzado su jubilación antes del 25 de julio de 2005, y que además hayan recibido un pago mensual que no supera los 15 salarios mínimos.
- Quienes hayan alcanzado su jubilación entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y además su pago mensual no haya superado los tres salarios mínimos.
Si una persona cumple con cualquiera de estos requisitos podrá llevar a cabo el trámite para que el fondo de pensiones al cual está afiliado le reconozca el respectivo pago.
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¿Cuál es el proceso para solicitar la mesada 14?
El pensionado deberá presentar un escrito para que se le haga el reconocimiento de la mesada 14 a su fondo de pensiones. Este tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para revisar la solicitud y generar una respuesta.
En caso de que la solicitud sea negada, y si la persona cumple con las condiciones para recibir este pago, podrá presentar una demanda contra el fondo de pensiones para que este se lo reconozca. Para ello, no necesita contar con un abogado, o con algún intermediario, y se realiza de forma gratuita.

Por otra parte, el Ministerio de Justicia indica el proceso que debe llevar a cabo un pensionado para presentar la demanda si su fondo de pensiones le niega la mesada 14:
- Presentar un escrito de demanda que indique cómo y cuándo realizó la solicitud para recibir la mesada 14 y la respuesta negativa por parte del fondo de pensiones. En él, deberá presentar los soportes que justifiquen el pago de este incentivo.
- El juez enviará una notificación al fondo de pensiones para que se pronuncie frente a la acusación presentada.
- El pensionado será citado a una audiencia en la que el juez decidirá si tiene derecho a recibir la mesada 14 con base en las pruebas presentadas.

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¿Qué personas reciben la mesada 14 en Colombia?
En Colombia, hay tres grupos de personas que todavía pueden recibir la mesada 14, ya que cumplen con los requisitos establecidos por la ley. Estos son:
- Miembros de las Fuerzas Militares: Se benefician de la mesada 14 como reconocimiento a su servicio.
- Pensionados del Régimen de Prima Media (RPM): Aplica para aquellos pensionados antes de ciertas fechas y con ciertas condiciones.
- Docentes vinculados al magisterio: Algunos docentes, especialmente aquellos con pensiones reconocidas bajo regímenes especiales, también reciben la mesada 14.