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¿La ARL debe cubrir un accidente si va de camino al trabajo? Esto dice la norma

En Colombia, el SGRL regula la atención y cobertura ante incidentes que puedan ocurrir a los trabajadores durante su jornada o desplazamientos.

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Actualizado:
Jueves, Agosto 14, 2025 - 18:31
Accidente laboral
En Colombia, las ARL protegen a los trabajadores de accidentes laborales y enfermedades.
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En Colombia, las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) están encargadas de prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de enfermedades y accidentes relacionados con el trabajo.

De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, en 2024 se reportaron más de 533.145 accidentes laborales y 10.734 enfermedades calificadas como laborales.

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Para prevenir, proteger y atender a los empleados respecto a un posible accidente de trabajo o enfermedades laborales, existe un conjunto de entidades, procedimientos, legislaciones y normas enmarcadas en el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL).

Si un empleado sufriera un accidente como consecuencia de una acción o de una omisión respecto de este sistema de prevención de accidentes laborales, la ARL deberá cubrir desde el primer día las prestaciones económicas que se surtan como efecto de este accidente en incapacidad temporal al 100 % del salario base y los gastos médicos, hospitalarios y de rehabilitación.

No obstante, muchos trabajadores se preguntan qué pasa si sufren un accidente fuera del horario laboral, cuando van de camino hacia su actividad laboral.

Moto
Muchas personas podrían sufrir un accidente yendo de camino al trabajo.
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¿La ARL debe cubrir un accidente si ocurre de camino al trabajo?

Según la abogada Alejandra Naranjo, experta en derecho laboral, un trabajador que sufra un accidente mientras se desplaza directamente entre su casa y el lugar de trabajo, o hacia otro sitio para cumplir funciones relacionadas con su labor, está amparado por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).

La experta explicó que estos casos se conocen como “accidentes de trabajo en trayecto” y están cubiertos siempre que el recorrido sea directo, sin desvíos para realizar diligencias personales.

"Si el desplazamiento es directo entre la casa o el lugar de salida hacia el trabajo, sin desvíos, la cobertura aplica", explicó la experta.

No obstante, aclaró que en caso de cualquier desvío no aplicará la cobertura. "Por ejemplo, si me detengo en un centro comercial, realizo una diligencia o atiendo una cita personal antes de continuar hacia mi casa, el accidente deja de considerarse laboral", dijo.

Accidente
La ARL cubrirá cualquier accidente de camino al lugar de trabajo siempre y cuando no haya desvíos.
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¿Cuáles son los requisitos?

La experta indicó que, para que un accidente de trayecto sea reconocido como laboral, es necesario:

  • Demostrar que ocurrió dentro del recorrido habitual entre la residencia y el lugar de trabajo.
  • Reportar el hecho de forma inmediata a la empresa o al jefe directo.

"Es importante recordar que el trabajador no notifica el accidente directamente a la ARL. La obligación de hacerlo recae sobre la empresa, que cuenta con un plazo de dos días hábiles después de la ocurrencia para informar a la administradora de riesgos", agregó.

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¿Cómo se pagan las incapacidades laborales?

En el caso de enfermedades o accidentes de origen común, los dos primeros días de incapacidad son cubiertos por el empleador. Desde el tercer día hasta el día 180, el pago corresponde a la EPS, con un valor equivalente al 66,67 % del salario. Posteriormente, entre el día 181 y el 540 —plazo máximo—, la prestación la asume el fondo de pensiones, con un porcentaje del 50 %, siempre que exista un proceso en curso para determinar una posible pérdida de capacidad laboral.

Por su parte, cuando la incapacidad es de origen laboral, la cobertura corre a cargo de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) desde el primer día, con el pago del 100 % del salario básico.

Fuente:
Sistema Integrado Digital