Este es el monto de pensión en Colombia que queda libre de nuevo descuento
La norma establece nuevos criterios de contribución para los pensionados que reciben ingresos altos.

El pago de las pensiones en Colombia podría cambiar tras la aprobación de la Ley 2381 de 2024, que se traduce en la reforma pensional avalada por el Congreso de la República y que está pendiente de revisión en la Corte Constitucional.
La norma establece nuevos criterios de contribución para los pensionados que reciben ingresos altos, con el fin de fortalecer el Fondo de Solidaridad Pensional. Dichos recursos se destinarán a la Subcuenta de Subsistencia, que busca apoyar a adultos mayores en situación de vulnerabilidad económica.
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¿Cuáles son los descuentos adicionales para los pensionados?
De acuerdo con la ley, los pensionados que reciban entre 1 y 9 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) no tendrían descuentos adicionales sobre su mesada. Sin embargo, quienes devenguen entre 10 y 20 SMMLV deberán aportar el 1 % de su pensión al Fondo de Solidaridad Pensional.

En el caso de los jubilados con ingresos superiores a 20 SMMLV, la contribución será del 2 %. Estos descuentos aplicarán siempre y cuando la Corte Constitucional dé su visto bueno a la reforma. Si la corporación decide rechazar la ley, no entrarán en vigencia los cambios ni las nuevas obligaciones para los pensionados.
Según lo estipulado, los recursos obtenidos a través de estas contribuciones estarán dirigidos al pago de bonos pensionales de adultos mayores que se encuentran en la línea de pobreza y que no cuentan con cobertura suficiente del sistema.
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¿Cuáles serían los aportes al sistema de pensiones por parte de trabajadores?
La reforma también contempla ajustes en el régimen contributivo para trabajadores dependientes. El artículo 20 de la Ley 2381 señala que la cotización obligatoria será del 16 % sobre el Ingreso Base de Cotización (IBC). Este valor corresponde al salario devengado o declarado por el trabajador.
Del total de la cotización, el 75 % deberá ser asumido por el empleador, mientras que el 25 % restante corresponde al trabajador. Estas obligaciones se mantienen vigentes durante la relación laboral formalmente establecida.

Además, la norma define aportes adicionales para el Fondo de Solidaridad Pensional de acuerdo con el nivel de ingresos del trabajador. El cálculo se basa en el salario mínimo legal mensual vigente, que para 2025 fue fijado en 1.423.500 pesos.
Contribuciones adicionales de acuerdo con el salario
Los trabajadores con un IBC igual o superior a cuatro SMMLV (5.694.000 pesos) y menor a siete SMMLV (9.964.500 pesos) deberán aportar un 1,5 % adicional.
Quienes tengan un IBC igual o superior a siete SMMLV y menor a once SMMLV (15.658.500 pesos) deberán contribuir con un 1,8 % extra.
En el caso de trabajadores con un IBC igual o superior a once SMMLV y menor a 19 SMMLV (27.046.500 pesos), el aporte adicional será del 2,5 %.