Embargo exprés en Colombia: así aplicará la nueva ley contra deudores

Deudores podrán enfrentar embargos más ágiles gracias a un nuevo procedimiento de arbitraje ejecutivo.
Embargo exprés en Colombia así aplicará la nueva ley contra deudores
El embargo exprés reducirá tiempos en procesos ejecutivos y dará a árbitros la facultad de ordenar medidas cautelares. Crédito: Freepik

El embargo es una de las medidas más usadas en los procesos de cobro de deudas. Consiste en la retención de bienes del deudor con el fin de garantizar que el acreedor reciba el pago. Hasta ahora, esta figura debía tramitarse principalmente por la vía judicial, lo que generaba demoras en los procesos ejecutivos. Con la entrada en vigor de la Ley 2540 de 2025, se abre un nuevo camino: el embargo exprés, que podrá decretarse por medio del arbitraje ejecutivo.

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La norma, sancionada en septiembre de 2025, busca descongestionar los despachos judiciales y agilizar la ejecución de obligaciones respaldadas en títulos ejecutivos, siempre que exista un pacto arbitral entre las partes.

¿Qué cambia con el embargo exprés?

Con la nueva ley, el embargo ya no dependerá exclusivamente de los jueces. Ahora, los árbitros podrán decretar y ejecutar esta medida dentro de un proceso arbitral ejecutivo. Esto significa que, si las partes acordaron previamente someter sus diferencias al arbitraje, el acreedor puede solicitar el embargo directamente al tribunal arbitral.

La norma contempla también la figura del embargo preventivo antes de la instalación del tribunal. En este caso, se concede un plazo máximo de 20 días hábiles para presentar la demanda ejecutiva; de no hacerlo, la medida se levantará automáticamente.

Embargo exprés en Colombia: así aplicará la nueva ley contra deudores
El arbitraje ejecutivo abre la puerta al embargo exprés en Colombia para acelerar la recuperación de obligaciones.Crédito: Freepik

Arbitraje ejecutivo: el nuevo procedimiento

El arbitraje ejecutivo se aplicará cuando exista un pacto arbitral en contratos comerciales, financieros o de otra índole. Dicho acuerdo debe constar en documento separado del título ejecutivo, como una cláusula contractual o un compromiso independiente.

Este procedimiento otorga a los árbitros facultades similares a las de un juez en materia de cobro de deudas. Podrán ordenar embargos, secuestros y otras medidas cautelares necesarias para asegurar el cumplimiento de la obligación.

Una vez iniciado el proceso, el tribunal contará con un plazo de cuatro meses para dictar auto de ejecución o laudo. Este término podrá prorrogarse, pero no superar los doce meses. Si no se emite el laudo en ese tiempo, el caso pasará a la jurisdicción ordinaria, conservando lo actuado en el arbitraje.

Plazos y reglas para el embargo exprés

La Ley 2540 de 2025 establece reglas claras sobre tiempos:

  • El embargo preventivo debe ejecutarse en un plazo de 30 días hábiles desde que se solicita.
  • La demanda ejecutiva debe presentarse en un máximo de 20 días hábiles después de decretarse la medida cautelar.
  • Si el tribunal arbitral no decide en los plazos previstos, el proceso se remite a un juez ordinario.

Estas reglas buscan dar seguridad jurídica tanto al acreedor como al deudor.

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Límites a la aplicación del embargo exprés

No todos los créditos podrán someterse al arbitraje ejecutivo. La norma establece excepciones:

  • Créditos hipotecarios relacionados con vivienda de interés social.
  • Créditos hipotecarios en los que habiten menores de edad.
  • Contratos de consumo en los que el deudor no haya aceptado expresamente el pacto arbitral.

En materia de consumo, si el pacto arbitral está incluido en un contrato de adhesión, el deudor tiene 60 días después del desembolso del crédito para retractarse. Además, el acreedor debe informar de manera clara las consecuencias del pacto; de no hacerlo, este carecerá de validez.

Derechos de las partes y recursos

Aunque los árbitros tendrán facultad para ordenar embargos exprés, la ley garantiza el derecho de defensa. El deudor podrá presentar excepciones y oponerse a las medidas dentro del proceso arbitral.

En caso de desacuerdo con el laudo, procede el recurso extraordinario de anulación. Este no suspende la ejecución, salvo decisión en contrario del juez competente.

Implementación del embargo exprés en la práctica

Los centros de arbitraje deberán adecuar sus reglamentos para incluir el trámite ejecutivo y establecer tarifas en coordinación con el Ministerio de Justicia.

El proceso podrá adelantarse de manera virtual, siempre que se respeten las garantías de acceso a la justicia. También se mantendrá la atención presencial para quienes lo requieran.

En la práctica, esto significa que un acreedor podrá solicitar el embargo de cuentas, bienes muebles o inmuebles del deudor sin necesidad de acudir a un juez, siempre que exista un pacto arbitral vigente. El árbitro tendrá la competencia para ordenar la medida, practicarla y asegurar que los bienes queden a disposición del proceso.

Entrada en vigencia y efectos

La Ley 2540 de 2025 entrará a regir seis meses después de su promulgación, es decir, en febrero de 2026. A partir de esa fecha, los acreedores que incluyan cláusulas arbitrales en sus contratos podrán recurrir al embargo exprés como herramienta de ejecución.

La norma deroga disposiciones contrarias y se integrará con el Estatuto Arbitral (Ley 1563 de 2012) y el Código General del Proceso. De esta manera, se crea un marco jurídico unificado para los procesos ejecutivos en vía arbitral.

Retos del nuevo modelo

El embargo exprés representa un cambio estructural en la forma de tramitar procesos ejecutivos. Entre los retos principales están:

  • Garantizar que los centros de arbitraje cuenten con capacidad para asumir estos procesos.
  • Evitar abusos en contratos de adhesión que obliguen a consumidores a someterse al arbitraje sin plena información.
  • Lograr que los plazos se cumplan de manera estricta, evitando dilaciones.

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Si bien la norma abre un camino para la descongestión judicial, su éxito dependerá de la implementación práctica y del equilibrio entre eficiencia y respeto por los derechos de las partes.

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Embargo exprés: árbitros podrán ordenar retención de bienes sin necesidad de acudir a un juez ordinario.Crédito: Freepik
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La Ley 2540 de 2025 regula el embargo exprés mediante arbitraje ejecutivo en procesos de cobro de deudas.Crédito: Freepik

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