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Dian hace un cambio para salida de productos en frontera con Venezuela

Esto con el fin de facilitar el trámite para la salida de bienes de la canasta familiar desde Colombia.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Mayo 8, 2019 - 12:29
Frontera con Venezuela
Frontera con Venezuela
AFP (imagen de referencia)

Con el fin de simplificar el proceso que se debe hacer a la hora llevar bienes de la canasta familiar desde Colombia hacia Venezuela, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expedirá una resolución que contiene la lista de productos básicos que podrán pasar los puestos de control fronterizo, solo con la factura.

Anteriormente, cuando las personas compraban su canasta familiar y no hacían un procedimiento aduanero de exportación los productos, podían ser sometidas a causales de aprehensión y decomiso.

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Ahora con esta resolución se permitirá el tráfico transfronterizo de productos básicos sin que se exija un trámite aduanero de exportación, sino simplemente cumplimiento las normas relacionadas con la factura comercial.

“En la medida que la resolución prevé que se trata de tráfico transfronterizo única y exclusivamente de salidas de bienes, buscamos la reactivación económica de los comerciantes de las zonas fronterizas”, explicó Ingrid Magnolia Díaz Rincón, directora de Gestión de Aduanas.

El proyecto establece que el cupo otorgado para la salida de mercancías por los pasos de frontera que limita con Venezuela, deberá corresponder en un 90%, esto es 2 millones 878 mil pesos, a productos de la canasta familiar relativos a salud, alimentación, vivienda y educación, cuya periodicidad será de una vez por semana.

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Además, mientras es expedido el Formato de Tráfico Fronterizo, la entidad aduanera homologará las facturas como documento equivalente a la Declaración Aduanera.

Son cerca de 53 los productos que se encuentran incluidos en la resolución y que pertenecen a la canasta familiar, entre estos se encuentran el arroz, pastas, yuca , papa, harina, plátano, frutas y verduras.

También hay elementos para vivienda como cubiertos, ollas, sartenes, servilletas; también productos del grupo de vestuario como pantalones, camisas, zapatos y ropa interior, entre otros.

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“Básicamente no están incluidos dentro de la lista las bebidas alcohólicas, mobiliarios de casa o habitación, vehículos, hidrocarburos, celulares, computadores, juegos de azar, joyerías”, indicó la funcionaria de la Dian.

La resolución será expedida en aproximadamente 15 días y tendrá una vigencia de seis meses, prorrogables automáticamente por igual término, hasta que la situación migratoria y la crisis humanitaria que se presenta actualmente en la frontera colombo venezolana se normalice.

Fuente:
Sistema Integrado de Información