La Corte Constitucional sacó al magistrado Ibáñez de las discusiones sobre la emergencia económica del gobierno de Petro

El paso siguiente será discutir sobre la suspensión del decreto y sobre su exequibilidad. El Gobierno sigue cobrando los nuevos impuestos.
Jorge Enrique Ibáñez, presidente saliente de la Corte Constitucional
El presidente saliente de la Corte Constitucional deberá permanecer fuera de los expedientes con los que el alto tribunal decidirá sobre la emergencia económica que la administración de Gustavo Petro decretó a finales de 2025. Crédito: Colprensa - Lina Gasca

El presidente de la Corte Constitucional —que en menos de dos semanas habrá dejado ese cargo—, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, no tendrá voz ni voto en los debates que vengan sobre la emergencia económica. La Sala Plena del alto tribunal aprobó, por unanimidad, sacarlo de la discusión.

Cinco días atrás, Ibáñez presentó un impedimento en los dos expedientes que avanzan en la acerca del estado de excepción: el del magistrado Carlos Camargo y el del togado Juan Carlos Cortés. Los otros cuatro magistrados y las cuatro magistradas parte de la Sala avalaron el recurso.

"Presento esta manifestación de impedimento y, de conformidad con ella, respetuosamente le solicito a la Sala Plena que, a partir de la exposición completa de los hechos relevantes, examine la conducta descrita y determine" si es un motivo para apartarse de la deliberación, expuso Ibáñez.

Ya la Presidencia de la República había radicado una recusación contra él, advirtiendo que sus manifestaciones en una entrevista con la periodista María Isabel Rueda podrían configurar un prejuzgamiento del estado de excepción. Aunque realmente se trató de una respuesta pedagógica.

Con el impedimento, Ibáñez se antició al debate de la recusación. La Presidencia, con el secretario jurídico Augusto Ocampo, solo se basó en una entrevista, mientras que el magistrado puso de presente al menos dos más, argumentando que actuó en ejercicio de sus funciones de presidente.

"En atención a múltiples solicitudes de respetados periodistas di varias entrevistas a diferentes medios de comunicación para informar y orientar a la opinión pública sobre el trabajo que para su revisión de constitucionalidad debe y puede desarrollar la Corte", alegó.

¿Qué discutirá la Corte sin Ibáñez sobre la emergencia?

La recusación del Ejecutivo apareció un día después de que Ibáñez pidiera suspender provisionalmente los efectos del decreto de emergencia económica, que el gobierno de Gustavo Petro declaró el 22 de diciembre de 2025 y que cumplió treinta días el 21 de enero de 2026.

El magistrado se sumó a una veintena de escritos que, con las posturas de políticos, juristas y asociaciones, le piden al tribunal más importante del país pausar la emergencia mientras el examen de constitucionalidad, que encabeza el magistrado Camargo, llega a una decisión de fondo.

La etapa siguiente es debatir sobre la medida cautelar. La Corte no tomará una decisión al respecto este martes. En los nueve despachos de la corporación yace desde el 23 de enero una ponencia de Camargo que propone suspender el decreto.

El plenario por ahora está dividido. Camargo, parte del bloque conservador, revisa el decreto matriz, el 1390 de 2025, y el magistrado Juan Carlos Cortés, del ala liberal, se encargará del Decreto 1474, que establece cambios como el de las tarifas de licores.

Un día después de que el reparto de la Corte designó al exmagistrado del Consejo Nacional Electoral como sustanciador del expediente de la emergencia, el togado le comunicó a la Presidencia de la República que el estudio comenzó, y le dio paso a la práctica de pruebas.

Mientras tanto, el Gobierno sigue cobrando nuevos tributos

No dio luces sobre una eventual suspensión provisional. "El magistrado sustanciador examinará la procedencia de su presentación ante la Sala Plena", concluyó. El Gobierno ha puesto de presente una "crisis" que busca "conjurar" con el estado de excepción y su decreto reglamentario.

Desde que el ministro de Hacienda, Germán Ávila, anunció que la Casa de Nariño barajaba la posibilidad de la emergencia, la Corte Constitucional entró en una especie de acuartelamiento. Ibáñez quiso convocar a la Sala durante la vacancia judicial, pero no se le cumplió.

El Gobierno lanzó la iniciativa para intentar cubrir un hueco de 16,3 billones de pesos en el presupuesto de 2026 y, así, cumplir obligaciones como ajustar la unidad de pago por capitación (UPC), pagar sentencias o garantizar seguridad, según la motivación del acto administrativo.

Las comisiones económicas del Legislativo archivaron el 9 de diciembre la reforma tributaria con la que la administración de Petro aspiraba a recoger el billonario monto. Desde entonces, el gabinete ha contemplado las cartas que podría jugar para estabilizar las finanzas.

Un estado de excepción debe responder a un hecho sobreviniente —una circunstancia repentina e imprevista— y debe limitarse en el tiempo. El decreto debía establecer su duración, y así lo hizo: treinta días a partir de la vigencia, que arrancó el mismo 22 de diciembre.

Las decisiones que vendrán para el estado de emergencia

El ministro Ávila sostuvo en una entrevista con La FM que prorrogará la emergencia. La Ley 137 de 1994, la estatutaria que reglamenta los estados de excepción, explica que es posible alargarlos hasta por noventa días, siempre bajo la vigilancia del Congreso y la Corte Constitucional.

Un día antes de la salida de Ibáñez, el Senado tuvo una sesión extraordinaria para debatir sobre la emergencia. La Corte, por su parte, prevé emitir un fallo antes de marzo. El 20 de enero, cuando Ibáñez radicó su solicitud de suspensión, Camargo presentó un proyecto de auto al respecto.

Por orden de la Constitución, la Corte Constitucional evalúa de forma automática la exequibilidad de todos los estados de excepción. Es decir, revisa si una declaratoria de conmoción interior, guerra exterior o emergencia económica se ajusta a la Carta o si es arbitraria.

Los decretos deben contar con una motivación, a la que el Gobierno le dedicó quince páginas y media entre las veinte del Decreto 1390. Y deben tener las firmas de todos los ministros para no correr la suerte del Decreto 133 de 2025, uno de los que se desprendió de la emergencia en Catatumbo.

El historial del gobierno de Petro no es el mejor. En octubre de 2023, luego de tres meses de análisis, la Corte tumbó la emergencia económica que había decretado en La Guajira, argumentando que pretendía resolver problemas estructurales con una norma excepcional.

Y en abril de 2025 el tribunal declaró "parcialmente" inconstitucional la conmoción interior que el Gobierno declaró en Norte de Santander y Cesar por la crisis humanitaria que el ELN desató en enero en Catatumbo en medio de enfrentamientos con las disidencias de las Farc.


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