Reforma pensional: Gobierno recusó al magistrado Ibáñez para el debate en la Corte Constitucional

Si el recurso sale adelante, todo el expediente sobre la norma, suspendida en junio de 2025, pasaría a un nuevo despacho.
El gobierno de Gustavo Petro volvió a recusar al presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez. El Ejecutivo busca sacarlo del trámite de la emergencia económica y del de la reforma pensional.
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez y presidente Gustavo Petro. Crédito: Colprensa

Un nuevo escrito de recusación de la Presidencia de la República, al mando de Gustavo Petro y su secretario Jurídico, Augusto Ocampo, pretende apartar al magistrado Jorge Enrique Ibáñez de un expediente clave para el Gobierno en la Corte Constitucional: el de la reforma pensional.

El texto llegó a los despachos de la Corte este lunes, cuatro días después de que el Ejecutivo le apuntara a sacar al togado del estudio de la emergencia económica decretada el año pasado. El tribunal asume de oficio el análisis de la emergencia, mientras que el de la reforma se basa en varias demandas.

La demanda que más ha logrado avanzar es la de la senadora Paloma Valencia, del partido opositor Centro Democrático. El magistrado Ibáñez se convirtió, por reparto, en el ponente del examen de constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, suspendida desde junio de 2025.

Ibáñez defiende que la norma debe caerse porque la Cámara de Representantes adoptó exactamente el mismo articulado que el Senado aprobó, sin debatir lo suficiente. Pese a los salvavidas que el togado y la Corte lanzaron para el Legislativo, la Cámara no corrigió su vicio de trámite.

El trámite que "no se subsanó"

Desde el año pasado, en la Corte ronda una ponencia de Ibáñez que pide tumbar del todo la reforma. El proyecto de auto se estancó en un empate de cuatro votos a favor y cuatro en contra, por lo que la Sala Plena nombró a un conjuez —Carlos Pablo Márquez— para inclinar la balanza.

Jorge Enrique Ibáñez es presidente de la Constitucional hasta la primera semana de febrero, cuando la Sala seguramente escogerá a la magistrada Paola Meneses como su sucesora, de acuerdo con las dinámicas internas de las altas cortes: los vicepresidentes de un año se hacen presidentes al siguiente.

Como coordinador de la corporación, ha participado en diversas entrevistas que el Gobierno considera como prejuzgamientos en asuntos sensibles. En enero de 2026 habló con el diario El Tiempo sobre varios procesos de constitucionalidad, entre ellos, la pensional.

"Desde junio de 2025 advertimos que la ley de pensiones tenía un vicio de trámite subsanable, pero no se subsanó", dijo en un aparte por el que el secretario Ocampo lo recusó. "Y en vista de que en la votación acerca de su exequibilidad la Sala quedó dividida 4-4, se escogió un conjuez", añadió.

¿La justicia, "alineada contra el Gobierno"?

El Ejecutivo envió un documento de nueve páginas que aspira a sacar a Ibáñez de la discusión, argumentando que las declaraciones del juez "comprometen su imparcialidad" y se separan de su "deber de autocontención, reserva y naturalidad".

"Cualquier manifestación que anticipe, sugiera o proyecte una orientación decisoria frente a actos del Ejecutivo profundiza la percepción de una justicia constitucional alineada contra el Gobierno", sostiene, y asegura que Ibáñez afecta "la confianza pública en la neutralidad de la justicia".

La magistrada Meneses será la encargada de observar la recusación y presentarle una ponencia al respecto a la Sala Plena. El primer paso será abrir el incidente de recusación, si se cumplen los requisitos normativos para ello, y así los términos del proceso se suspenderían.

Si el incidente resulta como el Ejecutivo espera, el abultado expediente pasaría a manos de otro magistrado. Ibáñez sería el segundo togado en salir de la deliberación, luego de que en noviembre del año pasado la Plena dejara sin voz ni voto a Héctor Carvajal por haber sido abogado de Colpensiones.

Etapas siguientes de recusación contra Ibáñez

"Cuando un magistrado de la Corte Constitucional, y más aún su presidente, formula declaraciones públicas que prejuzgan, no solo compromete su imparcialidad personal, sino que erosiona el principio democrático mismo", afirma la Presidencia en su recusación.

La Ley 2381, que no ha entrado en vigencia porque la Corte la suspendió siete meses atrás a la espera de una decisión de fondo sobre su constitucionalidad, enfrenta 85 demandas en total. El Congreso, por su parte, asevera que no ha cometido ninguna irregularidad.

Augusto Ocampo y la Presidencia manifiestan que "la función del juez constitucional es controlar, no contradecir anticipadamente; deliberar, no anunciar; decidir, no prefigurar el resultado del juicio antes de que se produzca". La Corte Constitucional tendrá la última palabra.

Ibáñez se ha librado de sendas recusaciones que no han cumplido con la argumentación pertinente. En septiembre de 2024 la Corte rechazó un recurso similar "por falta de pertinencia", igual que en marzo, mayo, julio, octubre y noviembre de 2025,


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