Nuevas condiciones para deudores afectados por Covid-19, pide la Superfinanciera

Los créditos que se verán beneficiados no podrán tener una mora mayor a 30 días al corte del 29 de febrero de 2020.
Dinero colombiano
El pago de la prima de mitad de año es un derecho de todo trabajador en Colombia. Crédito: Colprensa

La Superintendencia Financiera de Colombia expidió tres circulares con el fin de aliviar la carga financiera de los deudores afectados económicamente por el Coronavirus, garantizar la prestación de los servicios financieros en el país y flexibilizar algunos requerimientos que permitan a las entidades concentrarse en la implementación del plan de continuidad y contingencia del negocio.

A partir de la fecha las entidades vigiladas podrán establecer, de manera segmentada y dando prioridad a los sectores más vulnerables frente a la emergencia sanitaria derivada del Covid-19, nuevas condiciones transitorias para sus créditos.

El organismo de control aclaró que los créditos que se verán beneficiados con esta medida no podrán tener, al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.

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Además, los cambios a las condiciones iniciales de los créditos pueden contemplar periodos de gracia de acuerdo con el análisis de cada entidad, tiempo durante el cual se deberá mantener la calificación que tenía el deudor al 29 de febrero de 2020, razón por la cual la entidad no requerirá constituir provisiones adicionales durante este lapso.

En el caso de tarjetas de crédito y créditos rotativos en los sectores y segmentos definidos, “los periodos de gracia no implicarán el cierre de los cupos ya aprobados, salvo en los casos en los que la entidad establezca elementos de riesgo adicionales para hacerlo”, indica la circular emitida por la Superfinanciera.

Los créditos objeto de estas medidas no se considerarán como modificaciones ni reestructuraciones; así mismo, las entidades deberán actualizar la calificación de riesgo de los deudores con créditos que al 29 de febrero de 2020 estuvieran en condición de modificados o reestructurados y como consecuencia de la coyuntura incurran en mora.

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“Las entidades vigiladas deberán dar a conocer las políticas adoptadas y poner a disposición de sus clientes mecanismos de atención prioritaria para tramitar y resolver de manera ágil, las solicitudes y quejas en relación con las medidas previstas”, concluye la entidad.


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