El sistema pensional administrado por Colpensiones establece que una persona debe cumplir con la edad mínima para pensionarse: 57 años en el caso de las mujeres y 62 para los hombres.
En cuanto a las semanas cotizadas, aunque tradicionalmente se exigían 1.300, este requisito comenzó a reducirse progresivamente para las mujeres desde 2025, por lo que ya no todas deben cumplir el mismo número de semanas para acceder a la pensión.
Más semanas, mayor impacto en el cálculo pensional
En el régimen de prima media, el número de semanas cotizadas no solo permite cumplir el requisito para pensionarse, sino que también incide en el cálculo del monto mensual.
El sistema tiene en cuenta el total de semanas para determinar el porcentaje que se aplica sobre el ingreso base de liquidación (IBL), es decir, el promedio de los salarios sobre los cuales el trabajador realizó aportes durante su vida laboral.
Por esta razón, acumular semanas adicionales puede traducirse en una mesada más alta, especialmente cuando los aportes más recientes corresponden a ingresos superiores.

El límite del beneficio en la mesada
Aunque cotizar más tiempo puede mejorar el valor de la pensión, este incremento no es indefinido.
La normativa establece un tope en el porcentaje que puede alcanzar la pensión, el cual llega aproximadamente hasta el 80% del ingreso base de liquidación. Una vez se alcanza ese nivel, seguir cotizando no genera aumentos significativos en la mesada.
Esto significa que, aunque no existe un límite máximo de semanas, sí hay un punto en el que el beneficio adicional se reduce.
Uno de los aspectos más relevantes para los trabajadores es definir el momento adecuado para solicitar la pensión.
En algunos casos, pensionarse apenas se cumplen los requisitos puede significar recibir una mesada más baja frente a la posibilidad de continuar cotizando durante algunos años más.
Por ello, especialistas recomiendan analizar factores como el nivel de ingresos en la etapa final de la vida laboral, el número total de semanas acumuladas y la cercanía al porcentaje máximo permitido.
Las semanas adicionales no se devuelven
A diferencia de otros regímenes, en Colpensiones las semanas cotizadas por encima del mínimo no se traducen en una devolución de dinero.
Su efecto se refleja únicamente en el cálculo de la pensión mensual, lo que refuerza la importancia de planear adecuadamente el momento del retiro.