Tribunal de Santander ordena proteger de verdad el páramo de Santurbán

Se hace un llamado importante a las autoridades ambientales.
Páramo de Santurbán
Páramo de Santurbán Crédito: Gobierno Nacional

El Tribunal Administrativo de Santander reconoció al páramo de Santurbán como sujeto de derechos, lo que implica que el Estado y las comunidades que lo habitan están obligados a garantizar su protección, conservación, mantenimiento y restauración.

El fallo ordena que entidades como la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) y la Corporación Autónoma Regional de Norte de Santander (Corponor) adopten acciones concretas y efectivas para proteger el ecosistema.

El páramo de Santurbán, de 142.000 hectáreas, se extiende en un 72 % sobre territorio nortesantandereano y un 28 % en Santander, y abastece de agua a más de 2,5 millones de personas.

El magistrado ponente Iván Fernando Prada Macías fue el encargado de liderar esta decisión, que no solo otorga el estatus de sujeto de derechos al ecosistema, sino que también subraya que este reconocimiento debe traducirse en consecuencias jurídicas, administrativas y ambientales concretas.

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Reacciones: "Un fallo histórico"

La plataforma cívica Comité Santurbán celebró la decisión, al considerar que marca un precedente para exigir una protección integral del ecosistema.

“Esta decisión es muy importante porque no solo reconoce los derechos del páramo, sino que también obliga a proteger la zona de amortiguación, no solo la parte alta de la montaña. Esa área es vital para que el páramo cumpla su función de abastecer de agua a millones de personas”, afirmó Hernán Morantes, integrante del Comité pro defensa de Santurbán.

También se pronunció Óscar Estupiñán, presidente del sindicato Sintraemsdes, quien señaló: “Resaltamos el fallo del Tribunal. Reconocer a Santurbán como sujeto de derechos fortalece la defensa del agua y del territorio. Nuestra lucha continúa”.

¿Se puede apelar el fallo?

Sí. Las entidades involucradas pueden apelar la decisión, en cuyo caso el proceso pasaría al Consejo de Estado. Aunque el fallo establece cinco lineamientos principales, podrían definirse otras acciones adicionales según el desarrollo del caso.

Puntos clave del fallo:

  1. Protección prioritaria: La salud e integridad del páramo están por encima de cualquier uso con fines humanos.
  2. Representación legal: Se podrá designar un representante legal (entidad pública u organización civil) que defienda los intereses del páramo ante instancias judiciales o administrativas.
  3. Derecho a la restauración: El ecosistema debe ser restaurado a su estado natural tras cualquier daño.
  4. Medidas preventivas: Se podrán adoptar acciones cautelares ante amenazas, aplicando el principio de precaución.
  5. Armonización de políticas: Las políticas públicas deben alinearse con la conservación del páramo e integrarse en los planes de desarrollo local y nacional.

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