Reforma pensional en trámite: ¿superará prueba en la Corte Constitucional?

Esta iniciativa pasará a la revisión de la Corte Constitucional, que deberá determinar si se aprueba la reforma pensional.
Reforma pensional - MinTrabajo
Radicación de la reforma pensional Crédito: Ministerio del Trabajo

La reforma pensional terminó su trámite en el Congreso luego que la Cámara de Representantes acogiera el texto que fue aprobado por el Senado de la República, con lo que se evita la conciliación y el proyecto pasa directo a sanción presidencial.

Luego de recibir la firma del jefe de Estado, esta iniciativa pasará a la revisión de la Corte Constitucional, que deberá determinar si lo aprobado en el Legislativo se ajusta a las normas vigentes en la Carta Magna.

Varios sectores políticos advierten que el proyecto no superará esa prueba, pues la reforma tuvo varios “vicios de trámite”, entre ellos, limitar la participación de la oposición y violar principio a como el de publicidad, teniendo en cuenta que algunos representantes aseguran que no conocían el texto del Senado, que finalmente fue aprobado.

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“Ya hay precedentes en la Corte y si se falla en derecho esto debería caerse ante la demanda de inconstitucionalidad que presentaremos una vez sea sancionada esta ley por el presidente de la República. No se nos entregó el texto aprobado en el Senado, no se publicó y adicionalmente eso no hacía parte de la ponencia que fue sometido a consideración en la Cámara. El Gobierno se robó el cuarto debate y viciaron la reforma”, aseguró el representante Andrés Forero.

Mientras tanto, Catherine Juvinao, de la Alianza Verde, coincidió en que “existe una alta probabilidad de que la constitucionalidad de este proyecto esté comprometida porque hemos visto precedentes por ejemplo con la ley de financiamiento del Gobierno Duque en donde la Cámara acogió a totazos el texto del Senado sin la debida publicidad”.

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En contraste, desde el Pacto Histórico defendieron el trámite del proyecto y aseguran que se cumplieron todos los principio a establecidos por la ley, entre ellos el de publicidad.

“El procedimiento es muy claro en la Ley Quinta, debe existir un principio de publicidad y ese principio se cumplió cuando se subió a la Gaceta del Congreso el proyecto que salió del Senado. Se cumplió el principio de consecutividad, pues se discutió lo mismo que venía de Senado y se cumplió con el principio democrático de deliberación”, señaló el representante Heráclito Landinez.


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