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Pensiones en Colombia: Diferencias entre fondos privados y el público para que tome la mejor decisión

Aquí en La FM le despejamos la duda para que sepa cuál elegir.

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Actualizado:
Viernes, Diciembre 9, 2022 - 20:59
Adulto mayor pensionado
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El tema de la pensión ha sido controversial en los últimos años en Colombia y más en este Gobierno de Gustavo Petro. 

Desde su campaña, el presidente de la República dijo que la solución para que más personas tengan pensión, es todos los que ganen hasta 4 salarios mínimos mensuales deben cotizar en Colpensiones.

Ahora bien, para este tema, el analista bursátil, Andrés Moreno, habló con La FM y explicó la diferencia que hay entre un fondo privado y público. 

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Primero se enfocó en el privado y aseguró que este es un régimen contributivo. “Tú estás haciendo un aporte a tu ahorro a través de los años y al final lo tendrás con rendimientos y listo, con eso te pensionas”.

Allí aclaró que Colpensiones maneja un régimen prestacional, es decir, te ofrece un servicio. Por lo cual, aseguró que este modelo es una pirámide, dado que se alimenta de las pensiones actuales con lo que la gente está aportando. 

“Lo mejor es que las personas tengan su propio orden individual y entiendan que su pensión depende de lo que hagan durante su vida. Y no dejarle la responsabilidad al estado que ya tiene un hueco fiscal impresionante por estar subsidiando pensiones”, expresó Moreno. 

Pensión en Colombia
el dinero de Colpensiones puede ser trasaladado a una cuenta en el exterior.
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Por otro lado, se refirió a los fondos privados. En estos la plata está en una cuenta individual e invertida en acciones o en renta fija, en cambio, en la entidad estatal no. Sin embargo, los dos cobran los mismos costos de administración.

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El dinero de los fondos privados es heredable si la persona fallece y no tiene menores de edad que puedan coger la pensión. En el fondo público, si se muere la persona, se perdió ese capital. 

Adultos mayores
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Aquí se le explica cómo es el ahorro que hace mensual en los fondos

Si tiene un contrato laboral, su empleador ahorrará por usted un 12% de su salario y se le descontará un 4 % extra todos los meses.

Ese ahorro irá al fondo de pensiones que hayas elegido. En cambio, si es independiente, le corresponde a usted realizar un aporte equivalente al 16 % de sus ingresos mensuales.

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En Colombia si es independiente puede:

  • Aportar un 16% sobre el total de sus aportes mensuales
  • Realizar el aporte del 16% sobre el 40% de sus ingresos mensuales

Hacer el aporte sobre el 40% de sus aportes mensuales es un beneficio que se da el gobierno para que la carga de ese ahorro no impacte significativamente sus finanzas en el presente.

Sin embargo, tenga en cuenta que ese 40% será tomado por su fondo de pensiones como su Ingreso Base de Cotización. En otras palabras, llegado el momento, calcularán su pensión sobre este valor. Así lo explicó el portal Figuro. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital