Nueva normalidad en el país ¿cómo será?

Presidencia publicó las medidas y restricciones que empezarán a regir a partir del 1 de septiembre.

A través del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en Colombia, a partir del 1 de septiembre, y en el marco de la emergencia sanitaria por de la COVID-19.

En el documento se hace énfasis en que, “todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Lea aquí: Distrito cancela pruebas piloto en colegios y aumenta un día el comercio al detal

Asegura también que el aislamiento selectivo en municipios de alta afectación los alcaldes deberán contar con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.

“Se podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus COVID 19”, señaló el Gobierno.

Recalca que, “en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus COVID -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.

Lea también: Alcaldía de Bogotá permitirá consumo de licor dentro de restaurantes

En ese sentido, “los alcaldes de los municipios sin afectación, de baja afectación y de moderada afectación del Coronavirus COVID -19 podrán realizar aislamiento selectivo de hogares con personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología”.

Actividades no permitidas

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

* Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

* Los bares, discotecas y lugares de baile. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Asevera de igual forma que, “los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades”.

Lea también: Alcaldesa de Bogotá pide reactivar 14 vuelos en El Dorado

Además señala el decreto que, “cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Coronavirus COVID-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte dél Ministerio del Interior a la entidad territorial”.

Finalmente dice que, “la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue”.

Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, "serán sujetos de las sanciones a las que haya lugar".

El decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de octubre de 2020.


Temas relacionados

Valle del Cauca

Vendaval y fuertes lluvias causan emergencias en Cali y Jamundí: reportan inundaciones y daños en viviendas

Se reportaron árboles caídos, vías inundadas, daños en viviendas, cortes de energía y caída de granizo.
LLuvias ocasionaron emergencias en Cali y Jamundí, Valle del Cauca



Fuerte temblor de magnitud 4.0 sacudió Colombia este jueves: conozca el epicentro

Conozca la actividad sísmica en Colombia, cómo consultar los reportes en vivo y las claves para actuar a tiempo.

Gobernador de Antioquia señala deterioro de vías nacionales tras tragedia en Necoclí: “Hemos insistido en su mantenimiento”

El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, aseguró que las carreteras que presentan mayores problemas de infraestructura en el departamento son, en buena parte, corredores de carácter nacional.

No es solo besar y acariciar: sexóloga explica qué significan realmente los preliminares

Durante una conversación en el programa Sin Filtro, la sexóloga Laura Natalia Lozano, explicó qué significan los preliminares, cómo se construye el deseo y qué papel tienen la comunicación en la vida sexual.

Perros abandonados en El Dorado: Dueños de Milo y Rimmy aclaran que no dejaron a sus mascotas en el aeropuerto

Jefferson Chacón y Rene Silva explicaron qué ocurrió con Milo y Rimi y aseguraron que contrataron una empresa para trasladar a sus mascotas.

"Está libre por ahí, esperando acechar a otra persona; esa gente es enferma": Hija de Blanca Pardo

Jenny Pardo pidió a las autoridades avanzar en la investigación por la muerte de su madre, Blanca Pardo, en Nariño.

Ella es Blanca Pardo, el símbolo de las víctimas de la violencia contra las mujeres adultas mayores

Blanca Pardo

Así se prepara Shakira con sus bailarinas antes de cada concierto de 'Las mujeres ya no lloran World Tour'

Darina Littleton, capitana de baile y coreógrafa de Shakira, habló sobre la preparación del equipo para Las mujeres ya no lloran World Tour.

Los problemas de salud que enfrentaba Piero antes de morir: mánager reveló cómo fueron sus últimos días de vida

Sergio Perata, mánager de Piero durante 40 años, contó cómo fueron los últimos meses y días de vida del cantante argentino.

Contraloría le pone el ojo al proceso de licitación de alumbrado público en Cali y pide información

Alumbrado público de Cali

Gobernador de Antioquia expuso cuánto crecieron las FARC y el Clan del Golfo durante el gobierno Petro

Andrés Julián Rendón y Gustavo Petro

Militarización de Bogotá: ¿qué pueden hacer los militares frente a la delincuencia en la ciudad?

José Jaime Uscátegui y Andrés Nieto debatieron sobre la asistencia militar y las estrategias de seguridad para Bogotá.

Drones Reaper en Colombia: ¿qué tan efectivos serían contra los ataques con explosivos?

El uso de drones con explosivos por parte de grupos armados se ha extendido a distintos departamentos de Colombia.