Nueva normalidad en el país ¿cómo será?

Presidencia publicó las medidas y restricciones que empezarán a regir a partir del 1 de septiembre.

A través del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en Colombia, a partir del 1 de septiembre, y en el marco de la emergencia sanitaria por de la COVID-19.

En el documento se hace énfasis en que, “todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Lea aquí: Distrito cancela pruebas piloto en colegios y aumenta un día el comercio al detal

Asegura también que el aislamiento selectivo en municipios de alta afectación los alcaldes deberán contar con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.

“Se podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus COVID 19”, señaló el Gobierno.

Recalca que, “en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus COVID -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.

Lea también: Alcaldía de Bogotá permitirá consumo de licor dentro de restaurantes

En ese sentido, “los alcaldes de los municipios sin afectación, de baja afectación y de moderada afectación del Coronavirus COVID -19 podrán realizar aislamiento selectivo de hogares con personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología”.

Actividades no permitidas

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

* Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

* Los bares, discotecas y lugares de baile. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Asevera de igual forma que, “los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades”.

Lea también: Alcaldesa de Bogotá pide reactivar 14 vuelos en El Dorado

Además señala el decreto que, “cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Coronavirus COVID-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte dél Ministerio del Interior a la entidad territorial”.

Finalmente dice que, “la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue”.

Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, "serán sujetos de las sanciones a las que haya lugar".

El decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de octubre de 2020.


Temas relacionados

Pico y placa

Pico y Placa en Bogotá: restricción para la semana del 27 de abril al 1 de mayo de 2026

El horario de la restricción es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., de lunes a viernes.
Pico y placa en Bogotá.



Lista de EPS más endeudadas con hospitales y clínicas en Colombia: revise si está la suya

La deuda de las EPS con hospitales ya supera los $25,7 billones en Colombia.

El invierno afecta la movilidad vial en Norte de Santander

Las fuertes lluvias han originado el desbordamiento de cinco ríos y deslizamientos de tierra

'No hay capacidades suficientes': gobernadora del Valle advierte situación grave por atentados en el departamento

Gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, y ministro de Defensa, Pedro Sánchez.

“La gente corría a ayudar heridos": Conductor sobreviviente narra explosión en la vía Panamericana

Cilindro explosivo en la Vía Panamericana

“No sabíamos qué pasaba”: Periodista relata cómo vivió el tiroteo en evento de Donald Trump en Washington

Donald Trump tiroteo

¿Quién manda en las cárceles?: "Los privados de la libertad no pierden su poder", afirma líder sindical del INPEC

El procesado aceptó los hechos que se le atribuyeron

Tras reunión Petro–Delcy Rodríguez, Colombia y Venezuela pactan 70 acuerdos: ¿Qué implican estos puntos?

Gustavo Petro llega a Venezuela para reunión con Delcy Rodríguez

Alcalde de Cali identifica posibles autores del atentado en batallón de Palmira y anuncia recompensa de $200 millones

Según el mandatario, “todo parece indicar que es un ataque perpetrado por las disidencias de las FARC, por los narcoterroristas de la Jaime Martínez”.

Regina Carrot revela la estrategia para crecer en redes sin millones de seguidores

Regina Carrot

Nicolás Maduro: ¿Cómo vive sus días en la cárcel? Revista The New Yorker dio detalles

El exdictador está esperando a que lo sentencien.

¿Clasifican Millonarios y Santa Fe? Así está el panorama en la tabla

Millonarios y Santa fe

Alcalde de Cali ofrece hasta $50 millones de recompensa tras atentado contra el Batallón Pichincha

Alejandro Eder