Nueva normalidad en el país ¿cómo será?

Presidencia publicó las medidas y restricciones que empezarán a regir a partir del 1 de septiembre.

A través del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en Colombia, a partir del 1 de septiembre, y en el marco de la emergencia sanitaria por de la COVID-19.

En el documento se hace énfasis en que, “todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Lea aquí: Distrito cancela pruebas piloto en colegios y aumenta un día el comercio al detal

Asegura también que el aislamiento selectivo en municipios de alta afectación los alcaldes deberán contar con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.

“Se podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus COVID 19”, señaló el Gobierno.

Recalca que, “en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus COVID -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.

Lea también: Alcaldía de Bogotá permitirá consumo de licor dentro de restaurantes

En ese sentido, “los alcaldes de los municipios sin afectación, de baja afectación y de moderada afectación del Coronavirus COVID -19 podrán realizar aislamiento selectivo de hogares con personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología”.

Actividades no permitidas

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

* Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

* Los bares, discotecas y lugares de baile. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Asevera de igual forma que, “los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades”.

Lea también: Alcaldesa de Bogotá pide reactivar 14 vuelos en El Dorado

Además señala el decreto que, “cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Coronavirus COVID-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte dél Ministerio del Interior a la entidad territorial”.

Finalmente dice que, “la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue”.

Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, "serán sujetos de las sanciones a las que haya lugar".

El decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de octubre de 2020.


Temas relacionados

Delincuentes capturados

Capturan en Soacha a presunto agresor sexual buscado internacionalmente

Una menor de siete años fue puesta a salvo durante un operativo conjunto de la Policía, la Fiscalía y autoridades de Estados Unidos.
El capturado estaría relacionado con 53 alertas internacionales y con la circulación de más de 2.000 archivos digitales relacionados con delitos sexuales contra menores



Caso Coosalud: interponen denuncia contra abogado del gerente de la EPS

Esta acción judicial se da en el marco de la polémica por la intervención de Coosalud.

Luciana, la bebé de la sonrisa eterna recibió su último adiós en Neiva

Sus exequias se cumplieron este lunes a las 11:00 de la mañana en el Cementerio Central de Neiva entre flores y globos blancos.

Primer mes de Abelardo De la Espriella: lo bueno, lo feo y lo difícil

El mandatario solo visitó Bogotá en un par de ocasiones.

Las ocho medidas que anunció ADLE para reconstruir al Chocó tras el terremoto

El mandatario emitió un discurso en el que afirmaba cómo se reconstruiría Chocó tras el terremoto.

Se cae nombramiento de vicecanciller y no le dan beneplácito a cónsul en Ecuador

A un mes de la entrega de poder, el Gobierno sigue mencionando funcionarios.

Drones terroristas en Colombia: así operan los grupos armados y por qué son tan difíciles de neutralizar

Dron grupo terrorista Colombia

Gobernadora del Chocó revela qué necesita el departamento para superar la tragedia tras terremoto de 7.4: “No queremos reconstruir lo que había”

chocó terremoto reconstrucción inversión desigualdad viviendas educación salud empresarios córdoba

Proceso de Álvaro Uribe se retoma en octubre, pero ¿habrá resuelto la Corte el conflicto jurídico?

Álvaro Uribe Fiscalía

🔴 EN VIVO | Noticiero La FM con Juan Lozano - 7 de septiembre de 2026

Noticiero La FM En vivo

“Voy a dejarlos descansar”: Roy Barreras confirma su retiro de la política; a esto se dedicará

El exsenador Roy Barreras será candidato presidencial. Conozca su perfil político y sus propuestas.

¿Es inevitable una reforma tributaria? "Va a ser prácticamente imposible"

La situación fiscal del país es de las peores en décadas, según el experto.

Israel, Irán y Trump: experto explica el nuevo mapa de poder que está cambiando Oriente Medio

Conflicto entre Irán y Estados Unidos