Nueva normalidad en el país ¿cómo será?

Presidencia publicó las medidas y restricciones que empezarán a regir a partir del 1 de septiembre.

A través del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en Colombia, a partir del 1 de septiembre, y en el marco de la emergencia sanitaria por de la COVID-19.

En el documento se hace énfasis en que, “todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Lea aquí: Distrito cancela pruebas piloto en colegios y aumenta un día el comercio al detal

Asegura también que el aislamiento selectivo en municipios de alta afectación los alcaldes deberán contar con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.

“Se podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus COVID 19”, señaló el Gobierno.

Recalca que, “en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus COVID -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.

Lea también: Alcaldía de Bogotá permitirá consumo de licor dentro de restaurantes

En ese sentido, “los alcaldes de los municipios sin afectación, de baja afectación y de moderada afectación del Coronavirus COVID -19 podrán realizar aislamiento selectivo de hogares con personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología”.

Actividades no permitidas

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

* Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

* Los bares, discotecas y lugares de baile. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Asevera de igual forma que, “los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades”.

Lea también: Alcaldesa de Bogotá pide reactivar 14 vuelos en El Dorado

Además señala el decreto que, “cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Coronavirus COVID-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte dél Ministerio del Interior a la entidad territorial”.

Finalmente dice que, “la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue”.

Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, "serán sujetos de las sanciones a las que haya lugar".

El decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de octubre de 2020.


Temas relacionados

socavón

Autoridades atienden socavón que se abrió en Suba, La Gaitana (Bogotá)

Se realizó cierre vial por lo que se recomienda tomar vías alternas. Los arreglos tardarán varios días.
Cierre vial en Suba por socavón.



Operativo contra la compra de votos: capturan en Bogotá a hombre con $631 millones en efectivo

La Policía de Bogotá capturó a un hombre en la localidad de Santa Fe con 631 millones en efectivo durante controles previos a elecciones.

Ley seca por elecciones en Colombia: reglas y horarios en distintas ciudades

Conozca las multas si incumple la ley seca por elecciones en el país en la jornada del 8 de marzo.

Así se votará en las elecciones: claves del tarjetón y errores que pueden invalidar el voto

elecciones 2026 claves del tarjeton errores comunes votos invalidos

Elecciones 8 de marzo: ¿si se equivoca, puede pedir un nuevo tarjetón?

Elecciones legislativas del 8 de marzo

"En una guerra de desgaste, Irán gana": analista advierte el mayor riesgo para EE.UU. e Israel

estados unidos iran guardia revolucionaria ofensiva militar

Caso Stephany Rodríguez: justicia pide al ICE explicar motivos de la detención

estados unidos ice detencion stephany rodriguez

“A veces hay que perderlo todo para despertar”: Teresa Salazar explica qué se necesita realmente para manifestar cambios en la vida

Teresa Salazar presenta 'Despierta, ya es hora'

Reforma al Icetex: la batalla que Catherine Juvinao planea llevar al Senado de ser reelegida en la Cámara

Catherine Juvinao

Deportivo Cali necesita extremos, ¿Cuéllar es la solución? Peláez y De Francisco opinan

El volante jugará en la Liga Betplay.

Vicky Dávila asegura que la Gran Consulta será “la primera derrota a Petro”

Vicky Dávila

Roy Barreras cuestiona los señalamientos de Daniel Quintero: "los colombianos están hastiados de personas que insultan y calumnian”

El aspirante aseguró que su propuesta busca construir mayorías políticas y generar condiciones para la estabilidad institucional.

Paloma Valencia reveló cómo definirá su fórmula vicepresidencial si gana la Gran Consulta por Colombia

La candidata no reveló si el expresidente Uribe será su fórmula vicepresidencial.