Nueva normalidad en el país ¿cómo será?

Presidencia publicó las medidas y restricciones que empezarán a regir a partir del 1 de septiembre.

A través del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en Colombia, a partir del 1 de septiembre, y en el marco de la emergencia sanitaria por de la COVID-19.

En el documento se hace énfasis en que, “todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Lea aquí: Distrito cancela pruebas piloto en colegios y aumenta un día el comercio al detal

Asegura también que el aislamiento selectivo en municipios de alta afectación los alcaldes deberán contar con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social.

“Se podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus COVID 19”, señaló el Gobierno.

Recalca que, “en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus COVID -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.

Lea también: Alcaldía de Bogotá permitirá consumo de licor dentro de restaurantes

En ese sentido, “los alcaldes de los municipios sin afectación, de baja afectación y de moderada afectación del Coronavirus COVID -19 podrán realizar aislamiento selectivo de hogares con personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología”.

Actividades no permitidas

En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

* Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

* Los bares, discotecas y lugares de baile. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Asevera de igual forma que, “los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en: establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades”.

Lea también: Alcaldesa de Bogotá pide reactivar 14 vuelos en El Dorado

Además señala el decreto que, “cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus COVID-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Coronavirus COVID-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos por parte dél Ministerio del Interior a la entidad territorial”.

Finalmente dice que, “la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue”.

Los gobernadores y alcaldes que omitan el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto, "serán sujetos de las sanciones a las que haya lugar".

El decreto rige a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de octubre de 2020.


Temas relacionados

industria textil

Conflictos en Medio Oriente llevan a empresas internacionales a buscar nuevas oportunidades en Colombiatex 2026

Tensiones regionales y una fuerte volatilidad en las monedas provocó una caída en la demanda.
Ashish Shatija, director de ventas internacionales de Prem Prakash .



Accidente en la vía Panamericana deja siete muertos y varios heridos en el norte del Cauca

Colisión entre una buseta de servicio público y un tractocamión obligó al cierre total de la carretera

Cortes de agua del 27 al 29 de enero: Estos barrios de Chapinero, Usaquén y Suba se verán afectados

De acuerdo con la entidad, las labores son para realizar actividades de mantenimiento y adecuación del sistema.

Love bombing: señales claras para identificar este tipo de manipulación emocional

Love bombing

El colombiano que podría ganar un Óscar por documental sobre la guerra en Ucrania: esta es la historia real que lo inspiró

documental colombiano al oscar juan arredondo relata el ataque que marco el proyecto

La carta de Lafaurie y la línea que se rompió en el uribismo: fractura interna, crisis y tres escenarios políticos

José Félix Lafaurie y María Fernanda Cabal

De las falsas promesas a las fosas comunes: así reclutan a los mercenarios colombianos en las guerras del mundo

Mercenarios colombianos en guerras internacionales.

Centro Democrático aceptó la renuncia de José Félix Lafaurie

José-feliz-lafourie.jpg

La verdadera razón detrás de la salida de Angie Rodríguez del Dapre

Angie Rodríguez

Infraestructura, salud y vivienda: las propuestas de Peñalosa y Cárdenas para atraer al voto indeciso

voto indeciso en la mira penalosa y cardenas presentan propuestas en salud y vivienda

“Los resultados no coinciden”: Lafaurie denuncia “diferencias” en la consulta del Centro Democrático y pide irse del Partido

jose felix lafaurie critica los resultados de la consulta interna del centro democrático y anuncia posibles medidas

Benedetti llegaría a la campaña de Cepeda a partir de abril

Desde la Casa de Nariño ya se le habría indicado que se prepare para articular apoyos políticos y actuar como operador electoral de la campaña de Iván Cepeda, con miras a los movimientos previstos a partir del mes de abril.

🔴 EN VIVO | Noticiero La FM - 27 de enero de 2026

Noticiero La FM - 6 de enero de 2026