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MinTrabajo impone millonaria sanción a Cerrejón por retraso en reporte de enfermedades laborales

La multa a Carbones del Cerrejón se fijó en 500.018.560 pesos.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Agosto 21, 2025 - 09:31
Mina del Cerrejón
Sancionan a Cerrejón con 500 millones por incumplir plazos en reporte de enfermedades laborales en diciembre de 2023. Ministerio del Trabajo garantiza proceso legal.
Colprensa

El Ministerio del Trabajo confirmó la sanción de $500 millones a la empresa Cerrejón, por incumplir los plazos legales en el reporte de 29 casos de enfermedades diagnosticadas como laborales en diciembre de 2023.

La entidad señaló que a través de la Dirección Territorial de La Guajira, se inició el proceso sancionatorio en enero de 2024, garantizando el debido proceso a la compañía. 

"Cada enfermedad laboral de un trabajador o trabajadora obedece a condiciones o exposiciones a factores de riesgo. Estamos frente a 29 incumplimientos de la misma norma, lo cual denota un actuar descuidado por parte de la empresa frente a sus obligaciones legales", señaló el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.

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Cerrejón alegó que el retraso se debió a “olvidos involuntarios” y no a una actuación de mala fe, argumento que reiteró en los recursos interpuestos. Sin embargo, el Ministerio ratificó la sanción mediante la Resolución 3309 del 12 de agosto de 2025.

De acuerdo con el Decreto 1072 de 2015, los empleadores tienen un plazo máximo de dos días hábiles para reportar ante el Ministerio los accidentes graves, mortales y las enfermedades laborales diagnosticadas.

La empresa tiene un plazo de 15 días hábiles a partir de la ejecutoria de la resolución para pagar la multa al Consorcio del Fondo de Riesgos Laborales.

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El Ministerio de Trabajo recordó que el cumplimiento de estas obligaciones no solo responde a la legislación nacional, sino también a compromisos internacionales, como los convenios 160, 81 y 129 de la OIT, relacionados con estadísticas e inspección del trabajo.

El director de Riesgos Laborales, Wilmar Rincón, señaló que la sanción se impuso siguiendo criterios de proporcionalidad y razonabilidad, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa y su número de trabajadores. Agregó que no hubo mérito suficiente en los recursos de Cerrejón para revocar la decisión.

Finalmente, la entidad reiteró que el ejercicio sancionatorio no busca únicamente reprobar conductas, sino corregir y prevenir futuros incumplimientos, en línea con lo establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-214 de 1994.

Fuente:
Sistema Integrado de Información