Exgobernador del Putumayo Carlos Palacios fue condenado por la Corte Suprema

La condena contra el exmandatario se da por incumplir los requisitos en el convenio para viviendas de interés social.
Corte Suprema de Justicia
Corte Suprema de Justicia Crédito: Colprensa

La Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia a 51 meses de prisión al exgobernador del Putumayo, Carlos Alberto Palacios Palacio, por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.

“En decisión adoptada por mayoría de la Sala, la sentencia determinó que Palacios Palacio actuó con dolo y vulneró los principios de la contratación pública”, sostuvo el alto tribunal.

Los hechos se remontan al 2005 cuando, siendo gobernador del departamento, Palacios incumplió los requisitos de ley al celebrar un convenio de cooperación interinstitucional con la Fundación Ecología y de Desarrollo (FEDES).

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El objetivo de ese convenio, que tuvo un costo de 65.280 millones de pesos, era construir 2400 viviendas de interés social para las familias más necesitadas del departamento.

“Palacio no verificó la experiencia de la fundación, ni efectuó un estudio sobre la capacidad técnica, financiera y administrativa de esa entidad. Tampoco corroboró si era cierto que esa entidad privada tenía relación con una institución extranjera que supuestamente aportaría dinero para ese plan social”, dijo la Corte.

Esas irregularidades llevaron a que un año después el convenio fuera liquidado sin terminar o cumplir su objetivo, "luego de que se encontró que la fundación no cumplía los requisitos para desarrollar el acuerdo, como tampoco para asegurar el buen manejo de los recursos que ya habían entregados para beneficiar a por lo menos 90 familias", sostuvo el alto tribunal.

Así mismo, la sentencia condenatoria en primera instancia señala que "la fundación no contaba con la idoneidad exigida y Carlos Alberto Palacios Palacio omitió evaluar esa condición por escrito, debidamente motivada y corroborar el aporte internacional de los recursos para cofinanciar soluciones de vivienda en el departamento de Putumayo”.

El fallo incluye una multa por 54.68 salarios y niega la suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión, pero la sustituye por prisión domiciliaria.


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