Embargo de salario en Colombia: estas son las entidades que pueden solicitarlo en 2025
En Colombia, hay leyes específicas que determinan los bienes que pueden ser embargados.

Los embargos son una medida judicial que permite a un acreedor garantizar el pago de una deuda mediante la retención de bienes del deudor. En Colombia, esta medida se aplica cuando una persona natural o una entidad incumple con los pagos previamente acordados. En consecuencia, se puede iniciar un proceso de embargo, el cual debe ser solicitado por un juez de la República.
En el país existen dos tipos de embargo:
- Embargo preventivo: se produce antes de que el juez tome una decisión final. Se considera una medida cautelar previa a la notificación.
- Embargo ejecutivo: ocurre después de que el juez ha tomado una decisión judicial definitiva.
Aunque no se requiere una notificación previa para realizar un embargo —con el fin de evitar que el deudor oculte bienes o impida el proceso judicial—, este solo puede llevarse a cabo una vez se hayan agotado todos los avisos previos del acreedor al deudor.
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¿Cómo se ejecuta un embargo?
El embargo se aplica cuando una deuda entra en mora, lo que impide que el deudor se declare insolvente para evadir el pago. Según expertos, esta medida solo puede ser decretada en Colombia por un juez de la República o por una entidad del Estado con jurisdicción especial, como ocurre en la jurisdicción de cobro coactivo.
Las entidades autorizadas para decretar embargos son:
- La DIAN
- La Secretaría de Hacienda
- El SENA
- El ICBF
- El Consejo Superior de la Judicatura
Es importante tener en cuenta que el deudor puede detener el proceso de embargo, pero debe actuar con rapidez, ya que los embargos tienen límites legales.
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¿En qué casos pueden embargar el sueldo?
De acuerdo con el artículo 154 del Código Sustantivo del Trabajo, el salario en Colombia solo puede ser embargado cuando excede el valor del salario mínimo legal vigente, que para el 2025 se encuentra en $1.423.500. Es decir, únicamente el monto que supere esta cifra puede estar sujeto a embargo.
Aunque salario mínimo es inembargable cuando se trata de deudas con bancos, almacenes o personas particulares. Sin embargo, existen excepciones: en casos de deudas con cooperativas o por cuotas alimentarias, se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo.
“Es embargable hasta la mitad del salario para el pago de las pensiones alimenticias que se deban conforme a lo dispuesto en el Código Civil, lo mismo que para satisfacer las obligaciones impuestas por la Ley para la protección de la mujer y de los hijos”, menciona el Código Civil.

Bienes que pueden ser embargados
Entre los bienes embargables se encuentran:
- Carros
- Joyas
- Fincas
- Casas
Nota: no se pueden embargar bienes que tengan una limitación de dominio, como el patrimonio de familia.
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Entidades que pueden solicitar embargos en Colombia
Diversas entidades están autorizadas para solicitar el embargo de salario en el país, dependiendo del origen de la deuda:
- Juzgados y tribunales, a través de un proceso judicial.
- Cooperativas legalmente constituidas, cuando un afiliado incumple sus obligaciones con la organización.
- Autoridades tributarias, como la DIAN, ante la existencia de deudas fiscales.
- Entidades financieras y acreedores privados, como bancos, empresas de crédito o personas naturales que cuenten con una sentencia judicial a su favor.
El proceso se rige por disposiciones legales y requiere orden de autoridad competente.