Corte ordena consulta previa a comunidades afro para contratación de alimentación escolar

La Corte Constitucional falló a favor de las comunidades afrodescendientes en el Atlántico y Cesar y ordenó garantizar el desarrollo de la consulta previa cuando se adelanten contratos para el PAE.
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Noticias RCN.

No obstante, el alto tribunal advirtió que este mecanismo no cancelará los contratos que ya están establecidos; y si no se logra una concertación por medio de la consulta previa tampoco podrán suspenderse los contratos que debe realizar el Gobierno para garantizar la alimentación de los niños en esa región del país.

De igual forma, la Corte Constitucional solicitó a la Fiscalía y la Procuraduría adelantar las investigaciones en el menor tiempo posible frente a las irregularidades que se pudieran haber presentado en los procesos de contratación del PAE.

De acuerdo con la orden de la Corte Constitucional las concertaciones deberán adelantarse de manera ágil, garantizando la continuidad de la prestación del servicio y “que en modo alguno dichos trámites pueden ser usados como excusa para suspender o terminar los programas de primera infancia a los niños y niñas de las comunidades de Repelón y Polonuevo”.

La determinación fue adoptada por la Corte Constitucional tras tutelas los derechos fundamentales de las comunidades afrodescendientes de Polonuevo y Repelón en el Atlántico que advirtieron que no fueron concertados para los contratos del PAE teniendo en cuenta las creencias y costumbres de dicha población.

“Los procesos de concertación y consulta de las comunidades, se realizarán respecto de contratos que se celebren a futuro en el marco de los PAE y que afecten directamente a dichas comunidades afrodescendientes del Departamento del Cesar en lo que respecta al enfoque diferencial de dichos programas, pero en modo alguno podrá usarse para determinar un operador específico”, señaló la Corte Constitucional.


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